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miércoles, 15 de enero de 2020

EVALUACIÓN ACUERDO 2020 COLEGIO SUMAPAZ MELGAR



ACUERDO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN PARA LA EDUCACIÓN FORMAL VIGENCIA 2020 - 2025

NOVIEMBRE 26  DE 2019

"Por la cual se determinan los criterios de evaluación y promoción escolar de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1290 de abril 16 de 2009”.


EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA SUMAPAZ
En uso de las facultades legales (Ley 115, Ley 715, Decreto Reglamentario 1860 de 1994, el Decreto 1290 de Abril 16 de 2009) y

CONSIDERANDO:

1.    Que La Institución Educativa Técnica Sumapaz, evaluará integral y permanentemente todos los procesos de los estudiantes, mediante la apreciación y valoración del desarrollo de competencias básicas y del alcance de objetivos, junto con los fines propuestos en el PEI, Plan de Estudios, y Manual de Normas Escolares, en función de la calidad, según los estándares básicos propuestos por el Ministerio de Educación Nacional (MEN).
2.    Que la Ley 115 de febrero 8 de 1994, en sus artículos 77 y 78 confiere autonomía escolar a los establecimientos educativos.
3.    Que el MEN, a través del Decreto 1290 abril 16 de 2009, reglamentó la evaluación del Aprendizaje y Promoción de los estudiantes de los niveles de Educación Básica y Media.
4.    Que el Consejo Académico, analizó, discutió y elaboró una propuesta sobre los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes de los diferentes niveles que oferta la Institución a nivel de educación formal, para la vigencia 2020 2015 y los instrumentos que operativizan dicho proceso: Sistema General de Evaluación Institucional, Reglamento Académico Institucional, Reglamentos del Área Técnica y el Proceso de Educación Inclusiva.
5.    Que el 22 de noviembre el Coordinador Académico General (E), presento a este Concejo la propuesta del Acuerdo de Evaluación para la vigencia 2020 - 2015, con base en lo aprobado en la Reunión del Consejo Académico del 18 de Noviembre, la cual fue citada para tal fin
6.    Que el Consejo Directivo estudió y aprobó dicha propuesta, al igual que los instrumentos que la operativizan, en todos sus aspectos el día 25 de noviembre de 2019.

ACUERDA:

Aprobar el Acuerdo de Evaluación y Promoción, al igual que los instrumentos que la operativizan para la vigencia 2020 2015: Sistema General de Evaluación Institucional, Reglamento Académico Institucional, Reglamentos del Área Técnica y el Proceso de Evaluación Estudiantes con Discapacidad, el cual regirá desde la fecha de inicio del año lectivo 2020, en los siguientes términos:

Artículo 1º. RESPECTO DE LA EVALUACIÓN. Entiéndase como Evaluación el Proceso formativo, cualitativo, sistemático, continuo y cuantitativo, donde se muestra información sobre el proceso educativo integral de los estudiantes, involucrando los aspectos conceptuales, procedimentales y actitudinales, a través de la práctica de la autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación determinando las causas que motivaron el desarrollo de un desempeño, un rendimiento o una participación asertiva o no, de esta forma reorientar el trabajo de unos y otros a la luz de los principios institucionales, el modelo pedagógico, los lineamientos, los estándares, los derechos básicos de aprendizaje y la normatividad vigente del MEN.

1.1 PRINCIPIOS DE LA EVALUACIÓN
Ø  Mérito: Demostración continúa de capacidades para alcanzar resultados esperados en las condiciones previstas.
Ø  Objetividad: Cumplimiento de compromisos y contribución al logro de metas institucionales y personales con criterios preestablecidos.
Ø  Igualdad: En un mismo nivel de desarrollo, se evaluará el desempeño escolar, en las mismas condiciones y con los mismos criterios.
Ø  Integralidad: Conocer al estudiante en su totalidad. evaluar lo cognitivo, lo social y lo personal. el docente tiene la obligación de indagar como está el estudiante desde el punto de vista del saber, el hacer, el ser y el compartir.
Ø  Cientificidad: Inducir la investigación.
Ø  Universalidad: Tener en cuenta la heteroevaluación (juicio del docente): la autoevaluación (reflexión del estudiante sobre su actuación) y la coevaluación (compañeros).
Ø  Continuidad: Diagnosticar, conocer el desarrollo de la acción y verificar resultados.
Ø  Acumulación: Resultados obtenidos, deben servir para comparar los nuevos y determinar el progreso y verificar los avances de acuerdo a lo pautado.
Ø  Coherencia: Sseguimiento constante del desarrollo al aprendizaje durante todo el proceso.
Ø  Control del proceso de aprendizaje: Comprobar en todo momento el nivel de competencia y detectar constantemente elementos externos o internos que lo ayudan o dificultan.

Artículo 2º. RESPECTO DE LA EVALUACIÓN INTEGRAL. La Institución Educativa Técnica Sumapaz de Melgar -Tolima, evaluará integral y permanentemente a los estudiantes valorando primordialmente la intencionalidad de esfuerzos para el desarrollo de los procesos de formación como enfoque institucional. La evaluación académica integral de los estudiantes se define institucionalmente como el proceso formativo, cualitativo, sistemático, continuo, que se cuantificara para evidenciar y entregar información sobre el desarrollo de su proceso, en las siguientes Dimensiones:
2.1 DIMENSIONES:
2.1.1                    DIMENSIÓN COGNITIVA: Capacidad de comprender, aplicar y proyectar creativamente los saberes en la interacción consigo mismo, los demás y el entorno, Se concreta en la posibilidad que tiene de construir estructuras mentales y aprender conceptualmente la realidad que le rodea resolviendo situaciones problémicas en lo académico, formulando teorías e hipótesis sobre la mismas, de tal manera que no solo las pueda comprender, no que además interactuar con ellas para interiorizarlas y/o transformarlas.

2.1.1.1           CRITERIOS:
Ø ESTRUCTURACIÓN: La apropiación de conceptos y teorías como base del conocimiento teórico, demostrado en el desarrollo de saberes.
Ø PRÁCTICA Y EJECUCIÓN: Definida como el aprender, demostrado en la habilidad práctica de habilidades y destrezas.
Ø TRANSFERENCIA Y VALORACIÓN: Definida como verificación del uso del aprendizaje y su aplicación en el contexto. Se centra en aquello que puede sustentar el estudiante al finalizar la actividad de aprendizaje.
Ø APLICACIÓN: Participación en eventos académicos Institucionales o de Sede propios de cada área y el desarrollo de las lúdicas institucionales.

2.1.2                    DIMENSIÓN PERSONAL: Hace referencia al desarrollo del conjunto de competencias, que forman al estudiante como un sujeto responsable y capacitado para la construcción de su proyecto de vida, generado mediante su conciencia, acciones formativas , el entendimiento e identidad propia.
2.1.2.1           CRITERIOS
Ø Hacer, teniendo en cuenta su participación y aportes a los compromisos académicos
Ø Avances significativos en el proceso realizado para aprender.
Ø Responsabilidad con las actividades académicas para corregir y superar las dificultades.
Ø Evidenciar actitud y disposición en el proceso de aprendizaje.

2.1.3                    DIMENSIÓN SOCIAL: Se sustenta en el manejo adecuado de las relaciones interpersonales y el desarrollo de las habilidades sociales, la participación y colaboración activa en las responsabilidades frente a los ideales de los distintos grupos que conforman la comunidad Educativa y su entorno.
2.1.3.1   CRITERIOS
Ø Trabajo en Equipo: Interacción, participación y aporte positivo para consolidar las metas de su grupo.
Ø Responsabilidad Social: El compromiso consigo mismo, con los demás, con la sociedad y con la naturaleza mediante la aplicación de los 7 Aprendizajes Básicos.

CRITERIOS A POR DIMENSIONES

COGNITIVA
PERSONAL
SOCIAL
Debe evaluar:
Ø Estructuración
Ø Práctica y ejecución
Ø Transferencia y valoración
Ø Aplicación
Debe evaluar:
Ø Participación y aportes
Ø Avances significativos
Ø Responsabilidad en actividades académicas.
Ø Actitud y disposición
Debe evaluar:
Ø Trabajo en equipo
Ø Responsabilidad social: 7 Aprendizajes Básicos

2.2   VALORACIÓN DE LAS DIMENSIONES: La evaluación debe reclamar la intencionalidad y responsabilidad del estudiante, para que con base a los resultados obtenidos, dedique tiempo y esfuerzo para el pleno desarrollo de sus competencias, utilizándolas como instrumento regulador de la enseñanza y del aprendizaje, analizando sus resultados, considerando los factores que incidieron y propones metas de profundización y mejoramiento continuo; los docentes, orientándola de modo más humano hacia los protagonistas de la actividad y hacia los procesos de aprendizaje - enseñanza que se realizan en las aulas; con el apoyo conjunto entre los orientadores del currículo (Directivos, profesores y padres de familia), respecto al compromiso de cada uno con la educación del niño, niña o del joven y a la forma de valorar sus éxitos, sus logros, sus dificultades, sus aciertos, dudas y fracasos.

Las dimensiones se deben valorar frente al desempeño de los niveles de competencia, actitud, responsabilidad y disposición del estudiante en un periodo o año lectivo a través de la asociación de la HETEROEVALUACIÓN, que es la evaluación que realiza el profesor con base en las actividades y criterios acordados; la AUTOEVALUACIÓN, realizada por el estudiante y tiene por objeto, la observación individual de su progreso frente a los criterios establecidos y la COEVALUACIÓN, que es la evaluación que realizan los pares académicos, con base en la objetividad y la equidad.


Consiste en la valoración conjunta estableciendo los criterios colectivamente (Docentes - estudiantes). Para asegurar la calidad de la evaluación y la objetividad se deben implementar instrumentos que eviten la subjetividad, entre ellos la rúbrica y los establecidos en el Reglamento Académico Institucional, con criterios previamente acordados.

Artículo 3º. PORCENTAJES DE DE INTENCIONALIDAD DE ESFUERZOS PARA EL DESARROLLO DE LOS PROCESOS DE FORMACIÓN COMO ENFOQUE INSTITUCIONAL. Las dimensiones

anteriormente definidas tendrán la siguiente valoración para alcanzar el 100% de la Intencionalidad de Esfuerzos en el Proceso de Formación Integral del Estudiante de acuerdo al nivel educativo así:
3.1 NIVEL PREESCOLAR
DIMENSIÓN COGNITIVA    30%
DIMENSIÓN PERSONAL   35%
DIMENSIÓN SOCIAL          35%


3.2 NIVELES DE INTENCIONALIDAD EN BÁSICA PRIMARIA, BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA: AREAS DEL SABER HACER - SER: Porcentajes de direccionalidad de esfuerzos para el desarrollo de los procesos de formación como enfoque institucional:
3.3 Matemáticas, Humanidades, Ciencias Naturales y Ciencias Sociales

DIMENSIÓN COGNITIVA
70%
DIMENSIÓN PERSONAL
15%
DIMENSIÓN SOCIAL
15%


3.4 NIVELES DE INTENCIONALIDAD EN BÁSICA PRIMARIA, BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA: AREAS DEL SER HACER Y SABER: Porcentajes de direccionalidad de esfuerzos para el desarrollo de los procesos de formación como enfoque institucional : FORMACIÓN HUMANA (Educación Ética - Artística y Cultural); EDUCACIÓN FÍSICA, RECREACIÓN Y DEPORTES; INNOVACIÓN (Tecnología Informática y Emprendimiento); FILOSOFIA y TECNICAS:

DIMENSIÓN COGNITIVA
40%
DIMENSIÓN PERSONAL
30%
DIMENSIÓN SOCIAL
30%



Artículo 4º. RESPECTO DE LOS GRUPOS DE ÁREAS POR NIVELES: Las áreas que conforman el Plan de Estudios y su intensidad horaria serán:
2.1 ÁREAS Y ASIGNATURAS OBLIGATORIAS Y FUNDAMENTALES NIVEL BÁSICA PRIMARIA E INTENSIDAD HORARIA



No.
GRUPOS DE ÁREAS

1
CIENCIAS NATURALES Y EDUCACIÓN AMBIENTAL
PROYECTOS: LECTO ESCRITOR; LECTURA CRÍTICA Y 7 APRENDIZAJES
2
2
2
3
3
2
CIENCIAS SOCIALES, HISTORIA, GEOGRAFÍA, CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y DEMOCRACIA
2
2
2
3
3
3
FORMACIÓN HUMANA: EDUCACIÓN ÉTICA RELIGIOSA
- ARTÍSTICA Y CULTURAL
2
2
2
2
2
4
EDUCACIÓN FÍSICA, RECREACIÓN Y DEPORTES.
2
2
2
2
2


5
HUMANIDADES, LENGUA CASTELLANA E IDIOMAS
EXTRANJEROS
8
8
8
7
7
LENGUA CASTELLANA
5
5
5
4
4
LECTURA CRITICA
1
1
1
1
1
IDIOMAS EXTRANJEROS (INGLES)
2
2
2
2
2

6
MATEMÁTICAS
7
7
7
6
6
PROCESO NUMERICOS
6
6
5
4
4
ESTADÍSTICA
N/A
N/A
1
1
1
GEOMETRIA
1
1
1
1
1
7
INNOVACIÓN: TECNOLOGÍA INFORMÁTICA Y
EMPRENDIMIENTO
2
2
2
2
2

TOTAL

25
25
25
25
25


4.2 ÁREAS Y ASIGNATURAS OBLIGATORIAS Y FUNDAMENTALES NIVEL BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA TÉCNICA E INTENSIDAD HORARIA
4.3
No
AREAS/ASIGNATURAS

10°
11°


1
CIENCIAS NATURALES Y EDUCACIÓN AMBIENTAL
PROYECTOS: LECTO ESCRITOR; LECTURA CRÍTICA Y
7 APRNDIZAJES
4
4
6
6
6
6
BIOLOGIA
3
3
3
3
1
1
QUIMICA
1
1
1
1
3
3
FISICA
N/A
N/A
2
2
2
2

2
CIENCIAS SOCIALES, HISTORIA, GEOGRAFÍA, CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y DEMOCRACIA
4
4
4
4
4
4
SOCIALES
4
4
3
3
3
3
CATEDRA CIUDADANA
N/A
N/A
N/A
N/A
1
1
3
FILOSOFIA
N/A
N/A
2
2
2
2
4
FORMACIÓN HUMANA: EDUCACIÓN ÉTICA RELIGIOSA - ARTÍSTICA Y CULTURAL
2
2
2
2
2
2
5
EDUCACIÓN FÍSICA, RECREACIÓN Y DEPORTES.
2
2
2
2
1
1


6
HUMANIDADES, LENGUA CASTELLANA E IDIOMA EXTRANJERO
9
9
7
7
7
7
CASTELLANO
5
5
3
3
3
3
LECTURA CRITICA
1
1
1
1
1
1
INGLES
3
3
3
3
3
3



7
MATEMATICAS

6
6
5
5
5
5
PROCESOS NÚMERICOS
4
4
3
3
3
3
GEOMETRIA
1
1
1
1
1
1
ESTADISTICA
1
1
1
1
1
1
8
INNOVACIÓN: TECNOLOGÍA INFORMÁTICA Y EMPRENDIMIENTO

3
3
3
3
3
3
9
TECNICAS
N/A
N/A
N/A
N/A
5
5

TOTAL
30
30
30
30
35
35

Artículo 5º. RESPECTO AL PROCESO DE EVALUACIÓN. En los procesos de evaluación del estudiante, se tendrán en cuenta, además de los Lineamientos, estándares, derechos básicos de aprendizaje del Ministerio de Educación Nacional y la Secretaria de Educación del Tolima, los protocolos institucionales de evaluación, los aportes de los padres de familias o acudientes, los docentes y estudiantes. Para cumplir con dicho proceso, es importante:

5.1     LA VALORACIÓN CUALITATIVA: Se realizará según escala definida por el Ministerio de Educación Nacional. Para efectos de superación de desempeños necesarios y para transferencias, se ajustará a la siguiente escala porcentual:
Ø  DESEMPEÑO SUPERIOR: (Calificación de 4.6 a 5.0)
Ø  DESEMPEÑO ALTO:    (Calificación de 4.0 a 4.5)
Ø  DESEMPEÑO BÁSICO: (Calificación de 3.0 a 3.9)
Ø  DESEMPEÑO BAJO:   (Calificación de 1.0 a 2.9)
Parágrafo: Para los niños del nivel de preescolar los informes periódicos y académicos serán descriptivos de acuerdo a las cualidades de cada estudiante, según sus capacidades o aptitudes personales y sociales.

5.2      VALORACIONES NUMÉRICAS PARA EL CONTROL DEL DOCENTE. Para registrar los resultados de las evaluaciones, los docentes deberán emplear calificaciones en el intervalo de uno (1.0) a cinco (5.0). Cuando la suma de los puntajes de las dimensiones terminen en centésimas, se aplicará la Ley de aproximación: si la centésima es 5 o más, se aumentará una décima, si es menor que Cinco (5) las decimas quedarán igual.
5.3     VALORACIONES NUMÉRICAS DE LAS COMPETENCIAS. Cuando al terminar un periodo se hayan desarrollado las competencias establecidas, las calificaciones finales de la misma se registran en la plataforma virtual de notas.

Artículo 6º. RESPECTO AL CALENDARIO ACADÉMICO. Para efectos del calendario académico y para adelantar el proceso de desarrollo Curricular y Evaluación se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
6.1 PERIODOS. La Institución Educativa Técnica Sumapaz, divide su año escolar en cuatro (4) periodos de 10 semanas cada uno, con las siguientes valores porcentuales:
6.1.1         Para Áreas CON Pruebas Institucionales Tipo Saber, cada periodo académico tiene un valor del veinte por ciento (20%) de la valoración final, para un subtotal del ochenta por ciento (80 %) de la calificación final y una prueba institucional con un valor del 20% para un Total del 100%.
6.1.2         Para Áreas SIN Pruebas Institucionales Tipo Saber, cada periodo académico tiene un valor del veinticinco (25%) de la valoración final, para un Total del 100%

Artículo 7º. PRUEBAS INSTITUCIONALES TIPO SABER: Son prácticas pedagógicas que tiene el fin de evaluar el conocimiento de los estudiantes y así demostrar su desempeño en las diferentes áreas de aprendizaje durante el desarrollo de su proceso académico en la institución. Dicha prueba tiene como propósito conocer el grado de avance en el desarrollo de las competencias programadas y permite a los docentes orientar acciones para el mejoramiento de la calidad de la enseñanza. Con los siguientes considerandos:
7.1 APLICACIÓN
7.1.1     Se aplicarán en los siguientes Niveles, Grados y Áreas:
Ø  Grado Primero: Matemáticas y Humanidades
Ø  Grado Segundo: Matemáticas, Humanidades y Ciencias Naturales.
Ø  De    a  11°:  Matemáticas;  Humanidades  (Castellano,  Lectura  Crítica e Inglés); Ciencias Sociales y Ciencias Naturales.

7.2 VALORACIÓN
7.2.1    Para su valoración la nota general de la prueba será la misma para todas las asignaturas que conforman un área, independientemente si en los cuestionarios se establecen preguntas de una o más asignaturas.
7.2.2    Para la construcción de los cuestionarios, calificación, revisión de implementación, registro de calificaciones en la plataforma virtual de notas, evaluación de resultados y propuesta de mejoramiento la institución podrá contratar con una empresa externa todo el proceso.
7.2.3    Para las Notas de Pruebas Institucionales Tipo Saber no se habilita la Plataforma Virtual a docentes
7.2.4    Las pruebas se realizarán en la última semana de septiembre o la primera de octubre, simultáneamente en todas las Sedes y por Jornadas. Cada prueba tendrá un valor del veinte por ciento (20%) para el área.

7.3 PERDIDA DE ÁREAS COMO RESULTADO DE LAS NOTAS DE LA PRUEBA INSTITUCIONAL TIPO SABER: En caso que un estudiante pierda una o más áreas, a consecuencia exclusiva de los resultados de las Notas de la Evaluación Institucional, deberá presentar actividades de Nivelación de todos los contenidos vistos en el área durante el año lectivo.
7.4   CONVALIDACIÓN RESULTADOS DE LAS NOTAS DE PRUEBAS TIPO SABER: Para efectos de convalidación de los Resultados de las Pruebas Institucionales, Prueba Saber Once, y/o Simulacros Institucionales con el sistema de evaluación institucional de las Áreas y Asignaturas Académicas que dicho proceso evalúa, se aplicará la Tabla establecida en el Reglamento Académico Institucional.

7.5 TABLA DE PERIOCIDAD AREAS CON PRUEBAS INSTITUCIONALES EN NIVELES DE EDUCACION FORMAL
PERIOCIDAD
VALOR PORCENTUAL
PRIMER PERIODO
20 %
SEGUNDO PERIODO
20 %
TERCER PERIODO
20 %
CUARTO PERIODO
20 %
PRUEBA INSTITUCIONAL
20 %
TOTAL
100 %

7.6 TABLA DE PERIOCIDAD AREAS SIN PRUEBAS INSTITUCIONALES EN NIVELES DE EDUCACION FORMAL

PERIOCIDAD
VALOR PORCENTUAL
PRIMER PERIODO
25 %
SEGUNDO PERIODO
25 %
TERCER PERIODO
25 %
CUARTO PERIODO
25 %
TOTAL


7.7   CONVALIDACIÓN DE NOTAS PARA CASOS ESPECIALES: Si un estudiante por cualquier situación extemporánea debidamente justificada no puede presentar la Prueba Institucional, su Nota será el promedio las Notas de los tres primeros periodos (I II y III) en cada una de las Áreas y Asignaturas que las conforman. Dicha novedad debe ser informada por escrito, máximo al día siguiente a la presentación de las pruebas a Coordinación General y/o Coordinación Académica General por el Coordinador de Sede y/Jornada. Igual procedimiento se podrá aplicar si existe dificultad en el sistema para las Áreas que NO presentan Pruebas Institucionales tipo Saber.

Artículo 8º. PROCESO DE INFORMACIÓN: se realizará mediante boletines informativos, entregados una vez se terminen cada uno de los periodos escolares y al finalizar el año lectivo. Para el desarrollo del proceso se establecen las siguientes directrices:
8.1     DILIGENCIAMIENTO Y REGISTRO DE NOTAS: Los docentes diligenciarán la planilla virtual de notas institucional, y en ella se evidenciará todo el proceso de evaluación. Terminado cada periodo y cada evaluación institucional, los docentes registrarán las calificaciones respectivas en la plataforma virtual.
8.2     INFORMES ACADÉMICOS. Terminado cada periodo se rendirá un informe del estado de los procesos de formación del estudiante por áreas y asignatura, los resultados de las pruebas institucionales se entregarán en el cuarto periodo.
8.3     INFORME FINAL. Terminado el proceso académico del año lectivo, los docentes de las diferentes áreas rendirán un informe final valorativo sobre el estado académico de cada estudiante. Este quinto (V) Informe no debe ser inferior al presentado cuantitativamente durante los diferentes periodos y las evaluaciones semestrales.

Parágrafo: Para el caso de los educandos con discapacidad y/o barreras y limitaciones sociales para el aprendizaje y la participación, también se elaborarán informes cualitativos que evidencien logros obtenidos y aspectos por mejorar.

Artículo 9º. RESPECTO DE LAS INSTANCIAS DE VERIFICACIÓN DE PROCESOS ACADEMICOS.

La estructura pedagógica y de verificación a nivel de instancia estará conformada así:

9.1   PRIMERA INSTANCIA. COMITÉ DE GARANTÍAS ACADÉMICAS POR GRADO EN CADA SEDE Y JORNADA: Estará integrada por un director de grado, un padre de familia y un estudiante.
9.2   SEGUNDA INSTANCIA. COMITÉ INSTITUCIONAL DE GARANTÍAS ACADÉMICAS. Está integrada por el Rector, un representante de los docentes elegido en asamblea general de docentes, un coordinador elegido por el grupo de coordinadores, un Padre de Familia designado por el

Consejo de Padres y un estudiante designado por el Consejo de estudiantes.
9.3   TERCERA INSTANCIA. CONSEJO ACADÉMICO. Está integrado por el Rector, los coordinadores, los representantes de cada una de la áreas, un docente representante de preescolar y uno de primero o segundo de la educación básica primaria.
9.4   ULTIMA INSTANCIA INSTITUCIONAL. CONSEJO DIRECTIVO. Máxima Autoridad Institucional.

Artículo 10º. SITUACIONES ESPECIALES RELACIONADAS CON LA PROMOCIÓN. Al finalizar el año lectivo se reunirá el Comité de Garantías Académicas Institucional, para definir situaciones especiales relacionadas con la promoción o no de estudiantes, que no hayan sido definidas o aprobadas por la de Sede y Jornada.

Artículo 11º. PLAN DE MEJORAMIENTO CONTINUO.

11.1                   DURANTE LOS PERIODOS: Al finalizar cada período académico, se reunirá el Comité de Garantías Académicas de cada grado a fin de verificar y analizar el desempeño escolar de los estudiantes, proponiendo acciones de mejoramiento y profundización de acuerdo con los planes de nivelación presentados por las áreas.
11.2                   AL FINALIZAR EL AÑO LECTIVO: Al terminar el año lectivo el docente titular que oriento clases en una área o asignatura deberá establecer los Planes de Mejoramiento para cada uno de los estudiantes que reprobaron el año.
11.3        ACTIVIDADES DE PROFUNDIZACIÓN, NIVELACIÓN Y RECUPERACIÓN: Se realiza a través de las acciones pedagógicas propias del aula de clase, donde se hace un seguimiento del avance en los niveles de desempeño de las competencias establecidas para las áreas académicas. Al llevar a cabo el procesos de evaluación y detectar en el desarrollo de las competencias, la superación continua o dificultades del estudiante, se deben programar acciones de profundización y mejora, a nivel de área y asignatura, a las mismas se les hará seguimiento por parte del docente que la(s) orienta, la jefatura de área y del Comité de Garantías Académicas.

Ø  ACTIVIDADES DE PROFUNDIZACIÓN. Aplica para para estudiantes con excelentes resultados académicos terminar un periodo. Son programadas por el área para apoyar el proceso del estudiante que presenta superación permanente en el alcance de los logros. Estas se llevarán a cabo durante el periodo académico respectivo simultáneamente con las actividades regulares del curso y generan una nueva evidencia de evaluación con su correspondiente valoración.
Ø  ACTIVIDADES DE NIVELACIÓN EN EL AULA: Programadas por los profesores de las áreas para apoyar el proceso del estudiante que presenta dificultades en sus desempeños y por tanto en el desarrollo de las competencias. Estas se llevan a cabo durante el siguiente periodo académico, simultáneamente con las actividades regulares del curso y generan una nueva evidencia de valoración y su cuantificación numérica.
Ø  ACTIVIDADES DE NIVELACIÓN DE SEDE: Para fortalecer el trabajo en equipo, se organizan jornadas de acompañamiento y trabajo en equipo con pares académicos en cada curso. Las mismas se realizan en cada periodo en la semana siguiente al Programa Familia Maestro. Las guías o talles deben ser revisadas y aprobadas previamente por el Coordinador de Sede.
Ø  ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN: Programadas por los profesores para aquellos estudiantes que al terminar el año académico no desarrollaron competencias propuestos. Estas se llevarán a cabo de acuerdo a los programas establecidos.

Artículo 12º. RESPECTO DEL PROCESO DE PROMOCIÓN: La Promoción será entendida como el avance de un nivel, ciclo o al grado siguiente, y se fundamentará con los siguientes aspectos:

12.1      CRITERIOS DE PROMOCIÓN. La promoción para cada uno de los grados de los distintos niveles, ciclos y programas que oferta la Institución se realizará por dimensiones, áreas o grupos de áreas. Teniendo en cuenta que si un área ésta conformada por dos o más asignaturas el peso porcentual de ellas será el mismo del área (100%), sin importar la intensidad horaria.
12.1.1   UN ÁREA O GRUPO DE ÁREAS. Se aprueba cuando el estudiante obtiene una valoración final mínima de Tres cero (3.0), en un área o en las asignaturas que la conforman. Para aprobar un área que está conformada por asignaturas, se deben de aprobar todas las asignaturas que la conforman.
12.1.2   V INFORME. Al terminar el año lectivo y para efectos del V informe, si un estudiante aprueba todas las asignaturas que conforma un área, la nota Final del Área, será el Promedio de las asignaturas que la conforman. De igual forma se aplica cuando realice la nivelación de la(s) asignatura(s) que repruebe(n).
12.1.3   ÁREA TÉCNICA: El Área Técnica (10° y 11°) para ser aprobada, se deben aprobar todos los módulos que la conforman según el grado y especialidad.
12.1.4   GRADOS ONCE: Un área o grupo de áreas se puede promocionar anticipadamente cuando se obtiene mínimo 60 puntos en las áreas que evalúa la Prueba SABER 11.

Artículo 13º. RESPECTO DEL PROCESO DE REPROBACIÓN: La reprobación será entendida como la(s) dificultad(es) para aprobar grado, área o asignatura, y se fundamentará con los siguientes aspectos:
13.1              REPROBACIÓN DE ÁREAS Y/O ASIGNATURAS: Cuando un estudiante al finalizar un periodo o el año lectivo obtiene valoraciones inferiores a 3.0 (tres cero) en una o más áreas o asignaturas. Si un estudiante pierde una o más asignaturas que conforman un área pierde dicha área.
13.2              REPROBACIÓN POR ÁREAS AL FINALIZAR EL AÑO LECTIVO: Cuando un estudiante al finalizar el año obtiene valoraciones inferiores a 3.0 (tres cero) en tres (3) o más áreas.
13.3              REPROBACIÓN POR INASISTENCIA: Cuando un estudiante deja de asistir al 20% de las actividades académicas injustificadas se considera deserción. Se debe sustentar con el Registro de seguimiento realizado y de Inasistencia.
13.4              REPROBACIÓN POR PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD: Se aplica cuando las valoraciones en las 2 (dos) pruebas de suficiencia son inferiores a 3.0 (tres cero).
13.5              REPROBACIÓN POR ULTIMA PRUEBA DE SUFICIENCIA: Se aplica cuando la valoración de la última prueba de suficiencia es inferior a 3.0 (tres cero).
13.6              REPROBACIÓN POR NO CUMPLIR CON LAS ACTIVIDADES VACACIONALES: Se aplica cuando el estudiante no supera sus deficiencias en una o dos áreas luego de realizado dichos programas.
13.7              REPROBACIÓN DE UN AREA POR PERDIDA DE ASIGNATURAS: En el caso que se pierda una o más asignaturas que conforman un área, se reprueba el área. Para la aprobación del área, se debe nivelar la o las asignaturas reprobadas.

Artículo 14º. PROMOCIÓN POR PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD: Está estructurado así:
14.1                      PRUEBA DE SUFICIENCIA. La prueba de suficiencia consiste en una actividad académica que contempla una actividad de recuperación respecto a aprendizajes propuestos. Se aplica a los estudiantes que reprobaron el año lectivo con valoración baja en una (1) o dos (2). Implica el desarrollo de un proceso con un equivalente al 60% de actividad practica (En la parte práctica se

evaluarán las dimensiones: cognitiva, personal y social, con una equivalencia del 20% cada una) y una prueba escrita tipo SABER equivalente al 40%. Se aplica la siguiente semana de terminadas las clases. Se debe hacer Registro de las Notas en el Informe Final (V Informe).

14.1.1   VALORACIÓN: Cuando se reprueba una (1) o dos(2) áreas con valoración inferior de tres cero (3.0)
14.1.2   RESULTADOS:
Ø  Cuando se reprueban un (1) área: Si la valoración de la prueba de suficiencia del área, es igual o mayor a 3.0 (Tres cero), se promocionará al grado siguiente, de lo contrario presentará una segunda prueba de suficiencia antes de finalizar las labores académicas del año lectivo, según horario establecido. Si la aprueba se promociona. Si no reprueba el año.
Ø  Cuando se reprueban dos (2) áreas: Se presenta una Prueba de Suficiencia para cada área reprobada. Si las valoraciones de las pruebas de suficiencia de las dos áreas son iguales o mayores a 3.0 (Tres cero), se promocionará al grado siguiente. Si las valoraciones en las dos áreas son menores de Tres cero (3.0) el estudiante reprueba el grado. Si la valoración de un área es mayor o igual a tres cero (3.0) y la otra valoración es menor a tres cero (3.0), presentará una segunda prueba de suficiencia de dicha área, al finalizar las labores académicas del año lectivo. Si la aprueba se promociona. Si no pierde el año.
Ø  Se aplica la siguiente semana de terminadas las clases. Se debe hacer Registro de las Notas en el Informe Final (V Informe).

Parágrafo 1: Las valoraciones de las áreas o grupo de áreas con prueba de suficiencia aprobadas, para el Informe final se convalidarán a Desempeño Básico con Nota de Tres cero (3.0).

Parágrafo 2: Cuando se reprueba el área Técnica se debe presentar las actividades de suficiencia del módulo o módulos que originaron la reprobación.

Artículo 15º. PROMOCIÓN PARA ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD:
15.1             ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD PERMANENTE (NEE): En el proceso de promoción se tendrá en cuenta los avances a nivel social teniendo en cuanta su proyecto de vida y niveles de integración previo concepto del Profesional responsable o encargado de cada proceso. Para ello se debe tener en cuenta el concepto del o los profesionales que atienden dicha población educativa y el Padre de Familia o Acudiente. Atendiendo el PLAN INDIVIDUAL DE AJUSTES RAZONABLES (PIAR) se realizará la debida promoción y el Concepto del/la docente de apoyo. Dicha promoción se hará mediante acta del Comité de Garantías de Sede y Jornada y el/la Coordinador/a, expide la respectiva Resolución, anexando copia de acta de promoción y el registro de notas. Las mismas tendrá una valoración mínima de tres cero (3,0) en todas las áreas.
15.2             ESTUDIANTES CON DIFICULTADES DE APRENDIZAJE O CON BARRERAS Y LIMITACIONES SOCIALES PARA EL APRENDIZAJE: Los docentes se elaborarán los PIAR, el docente contará con los aportes de los padres de familia y en caso especiales con docente de apoyo.
15.3             REPITENCIA: Los estudiantes que presenten dos o más años de repitencia en un mismo grado deberán ser valorados por un especialista según el caso, dicho proceso es responsabilidad del Padre de Familia o Acudiente y en caso no se cumpla lo realizar el/la docente de apoyo quien realizara lo pertinente según lo establecido en la normatividad. No aplica para estudiantes nuevos.

Artículo 16º. PROGRAMAS DE PROMOCIÓN INSTITUCIONAL PARA ESTUDIANTES QUE

REPROBARON EL AÑO: De acuerdo con el segundo párrafo del artículo 7° del decreto 1290 que dice: “los establecimientos educativos deberán adoptar criterios y procesos para facilitar la promoción al grado siguiente de aquellos estudiantes que no la obtuvieron en el año lectivo anterior” y la Directiva Ministerial No. 29 de noviembre 16 de 2010; la Institución establece para tal efecto los siguientes programas:
16.1          ACTIVIDADES VACACIONALES: Corresponden a Actividades Académicas desarrolladas en su hogar por los estudiantes que reprobaron el año lectivo con valoración baja en tres (3) o cuatro
(4) áreas y aquellos que no aprobaron una (1) o dos (2) pruebas de suficiencia. Se programan con el objeto de superar las debilidades en cada una de ellas. Es decir recibirá en su hogar acompañamiento y asesoría en lo referente a las actividades entregadas, orientadas y asesoradas por los docentes designados.

Parágrafo: Los estudiantes que lograron superar sus dificultades obtendrán una valoración de tres cero (3.0) en las áreas o grupo de áreas que motivaron la reprobación del año lectivo anterior.

16.1.1  EVALUACIÓN DE ACTIVIDADES VACACIONALES: Las actividades vacacionales se evaluarán con los siguientes porcentajes:
Ø  Trabajo escrito 30% (previamente se deben establecer las normas técnicas)
Ø  Sustentación oral 40%
Ø  Evaluación escrita 30%
Parágrafo: En caso de incumplir con uno de los requisitos anteriores u obtener nota inferior a 3.0 el estudiante no será promovido

16.2          PROMOCIÓN REGULADA ANTICIPADA: Si desarrollado los Programas Académicos Institucionales, un estudiante continúa con dificultades en una, dos o más áreas tendrá la oportunidad de Ser promocionado al año siguiente si al terminar el primer periodo sus calificaciones son de desempeño Alto o Superior (Notas iguales o mayores a cuatro cero (4,0) en todas las áreas. Dichas notas se reflejarán en el libro de calificaciones.

Parágrafo: Los estudiantes que lograron superar sus dificultades obtendrán una valoración de tres cero (3.0) en las áreas o grupo de áreas que motivaron la reprobación del año lectivo anterior.


16.2.1  ACTA DE COMPROMISO. Al momento de renovar la matricula, el Padre de Familia y el Estudiantes firman el Acta de Compromiso, donde se debe incluir el proceso de nivelación académica por parte del estudiante respecto al primer periodo del grado al que fue promovido y la convalidación de notas si hubiese lugar a realizarlo.

Parágrafo: La Promoción Regulada (Actividades Vacacionales) y la Promoción Regulada Anticipada no aplican en estudiantes nuevos. Los estudiantes promovidos en otros establecimientos educativos con áreas perdidas, no podrán nivelar las mismas en esta Institución, en razón a que la promoción fue definida y por consiguiente el respectivo certificado de estudios es inmodificable.


PROMOCIÓN ANTICIPADA: Se entenderá como el paso anticipado de un grado a otro superior, en reconocimiento un estudiante que demuestre Rendimiento Superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas en el grado que cursa, en situaciones excepcionales en aquellos casos que se presenten extemporáneamente y que de ninguna manera sobrepasen el segundo periodo lectivo o al terminar el primer periodo por parte de un estudiante que perdió un año lectivo y no presento ningún Programa de Promoción Institucional. Para ello el estudiante deberá demostrar un desempeño SUPERIOR (Nota igual o superior a Cuatro cinco (4.5), en todas las áreas o grupo de áreas del grado que cursa y cumpla con los requisitos establecidos en el Artículo 7º del Decreto 1290 de 2009. Aplica para estudiantes nuevos.

Artículo 17º. ESTUDIANTES CON DIFICULTADES ACADÉMICAS EN LOS PERIODOS

17.1                           PROGRAMA FAMILIA MAESTRO. Aplica para para estudiantes con dificultades académicas durante el trascurso de un periodo. Basado en orientaciones pedagógicas para el apoyo del trabajo escolar en casa, por ello no se entregan actividades por escrito. Se realiza en la 5ª. Semana de cada Periodo, dejando Constancia escrita en la respectiva Acta y Registrando las Notas de dicho proceso en la plataforma. Requiere proponer estrategias y condiciones para lograrlo.

Parágrafo: Si el padre de Familia o Acudiente, no asiste se procede como se establece en el conducto regular del Reglamento Académico Institucional

17.2                  ACTIVIDADES DE NIVELACIÓN. Aplica para para estudiantes con dificultades académicas al terminar un periodo. Son todas las guías y actividades, tareas, ejercicios y proyectos, pruebas objetivas, ensayos, entre otros, en forma individual o grupal a desarrollar de forma extracurricular, con el acompañamiento de su familia y la orientación del docente del área o asignatura. propuestos por cada área para apoyar los procesos de aprendizaje de los estudiantes con dificultades. Se desarrollan al finalizar el I, II y III Periodo. Para ello se entrega a cada estudiante Guías Didácticas. Se deja constancia escrita en el Acta respectiva y se Registran las Notas en la plataforma dentro de los tiempos establecidos.

17.3                      FORMACIÓN SUSTENTATIVA SEMIPRENCIAL. Proceso académico, que pretende garantizar la permanencia en el sistema educativo a los estudiantes inmersos en situaciones especiales de familia que impiden el cumplimiento pleno de su proceso de formación, aquellos que por sus barreras y limitaciones, condición médica o de discapacidad, requieran un horario flexible o la permanencia en casa u hospital y a quienes su de reincidencia o de gravedad en los comportamiento, incide en el bajo rendimiento. Permite facilitar los aprendizajes de conocimientos, habilidades y actitudes con el acompañamiento de la familia.
17.4                          VALIDACIÓN DE PERIODOS NO CURSADOS: Para los estudiantes promovidos en los casos expuestos anteriormente y para efectos de nivelación del o los periodos no cursados en el grado para el cual fueron promovidos, se procederá de la siguiente manera:
17.4.1    Establecer acuerdos entre el Coordinador, el estudiante, el padre de familia y el/los docente/s que le orientan clases, sobre el plan de trabajo extracurricular que le permita nivelar las competencias pendientes por desarrollar. Se dejará constancia en un acta.
17.4.2    Una vez terminado el proceso, el Coordinador remitirá por escrito las valoraciones obtenidas por el estudiante al responsable de la Plataforma de Notas. Se dejará constancia en un acta.
17.4.3    En casos especiales la Coordinación General, podrá convalidar previo acuerdo con el Padre

de Familia o Acudiente, las notas del siguiente o los siguientes periodos para validar un periodo no cursado.

17.5             PROCESO DE NIVELACIÓN AREA TECNICA ESTUDIANTES NUEVOS GRADO ONCE Y QUIENES INGRESAN A DECIMO DESPUES DEL PRIMER PERIODO: Los estudiantes nuevos para el grado once (11°) para nivelar los procesos que se deben desarrollar en el área técnica del grado decimo (10°) podrán realizar en jornada extraescolar, las siguientes actividades pedagógicas:
17.5.1   Matricularse y Certificar uno o varios cursos virtuales que ofrezca y certifique una entidad educativa debidamente reconocida por el MEN. El mismo debe tener como base la temática y un mínimo del 40 % de la intensidad horaria, que se desarrolla en los módulos de la especialidad que cursa.
17.5.2   Matricularse y Certificar uno o varios cursos presenciales que ofrezca y certifique una entidad educativa debidamente reconocida por el MEN. El mismo debe tener como base la temática y un mínimo del 40 % de la intensidad horaria, que se desarrolla en los módulos de la Especialidad que cursa.
17.5.3   Desarrollar mediante proceso de autoformación los Módulos, bajo la orientación del docente tutor de los mismos.
17.5.4   Para las prácticas prelaborales, se deberá establecer un acuerdo con el docente responsable de la Especialidad para el cumplimiento de las mismas en los tiempos establecidos. Los estudiantes nuevos para el Grado Once, no convalidan prácticas prelaborales del grado decimo.

Parágrafo: El resultado de dichos procesos, no afecta las Notas registradas en los certificados expedidos por la Institución de procedencia. Se desarrolla para efectos de nivelar la Formación Laboral Inicial.


Artículo 18°. RESPECTO AL ACUERDO PEDAGÓGICO. Al iniciar el año lectivo y al iniciar cada periodo académico, los docentes de las distintas áreas acordarán con los estudiantes, la distribución de los porcentajes asignados a cada uno de los componentes de las dimensiones; respetando los porcentajes establecidos y registrando en un acta. De igual manera darán a conocer a los estudiantes y a las instancias verificadoras las competencias a desarrollar y los criterios de evaluación acordados. El docente verificará que lo tratado en este artículo quede registrado en la bitácora del educando.

Artículo 19°. RESPECTO A LA FINALIZACIÓN DEL AÑO LECTIVO. Al finalizar el año lectivo se reunirá el Comité de Garantías Académicas Institucional, para definir situaciones especiales relacionadas con la promoción o no de estudiantes de acuerdo al reglamento y los protocolos de cada nivel, Informará por escrito al Consejo Académico por lo pertinente.

Artículo 20º. RESPECTO AL PLAN DE MEJORAMIENTO CONTINUO. Hará referencia a las acciones, metas, compromisos y registros de seguimiento que se llevarán a cabo en el desarrollo de cada área por periodos. Su propósito debe estar encaminado a permitir el avance significativo y continuo de los procesos de formación integral durante el año lectivo. La aplicación del mismo se desarrollará simultáneamente a los eventos de clase y deberá contener actividades extra clase que requieran del acompañamiento de los Padres de Familia.


Artículo 21º RESPECTO A LA EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD: El proceso de

evaluación debe ser inclusivo, permitiendo que todos los estudiantes demuestren sus aprendizajes independientemente de sus condiciones de discapacidades: cognitivas, físicas, emocionales o afectivas, entre otras. Estas discapacidades pueden ser tanto permanentes como temporales. También con déficit de atención, y a estudiantes que tengan algún impedimento de lenguaje o cuya lengua materna no sea la misma que se utiliza en el proceso de enseñanza y aprendizaje. Para dicho proceso se requiere tener como fundamento lo estipulado en Proceso de Evaluación Estudiantes con Discapacidad y los siguientes aspectos:

21.1             LOGROS MÍNIMOS BÁSICOS FUNCIONALES: El Comité de Inclusión determinará los logros mínimos básicos funcionales, relacionados con las discapacidades, el grado, nivel de los estudiantes con NEE. Estos deben aparecer en su PIAR y pueden variar de un estudiante a otro. Se construyen teniendo en cuenta el perfil de fortalezas, necesidades, competencias curriculares y al máximo, las competencias a desarrollar en el año que va a cursar y con lo establecido en el Decreto 1421/2017.

21.2             PROCESO DE FORMACIÓN Y POSIBILIDADES DEL ESTUDIANTE: Cuando el desarrollo de competencias, no estén acordes con las posibilidades del estudiante, los logros se definen con relación al proceso particular. Dicho proceso lo realiza el/la profesional de apoyo. Una vez finalizado el año escolar, el/los docente/s de aula y el/la profesional de apoyo revisarán conjuntamente su desempeño y proyección, definiendo los logros mínimos en las diferentes áreas o asignaturas para el próximo año. Informaran a la Comisión de Evaluación y Promoción de la institución para socializar el proceso de promoción. Al iniciar el siguiente curso, los docentes tendrán un bimestre para conocer al estudiante y realizar el empalme pertinente con el docente anterior con el fin de realizar los ajustes que consideren necesarios para alcanzar los logros propuestos en el Plan Individual de Ajustes Razonables (PIAR) diseñado para cada caso y tipo de discapacidad por el/la docente de apoyo institucional. En este proceso, el estudiante y el docente, deben ser acompañados por él/ella, igual que por el equipo interdisciplinario de apoyo terapéutico (si lo hubiese) y los logros se deben dar a conocer a la familia.

21.3             INFORME Y BOLETÍN ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD. Al igual que los demás escolares, los estudiantes con discapacidad permanente deben tener también el boletín de notas, acorde a los logros planteados para ellos. Los informes que reflejan la evaluación del proceso de aprendizaje de estos escolares, inclusive si manejan adaptaciones curriculares significativas, utilizarán las mismas expresiones y escalas establecidas en el Decreto 1290 de 2009. Se puede considerar al estudiante con discapacidad, que está en nivel:
21.3.1             SUPERIOR: Cuando su desempeño alcanza los logros mínimos básicos funcionales esperados sin necesidad de realizar actividades de refuerzo.
21.3.2             ALTO: Cuando su desempeño alcanza los logros mínimos básicos funcionales esperados necesitando algunas actividades de refuerzo,
21.3.3             BÁSICO: Cuando su desempeño alcanza los logros mínimos básicos funcionales esperados con cierta dificultad, por lo tanto requieren de apoyo personalizado permanente.
21.3.4             BAJO: Cuando a pesar de los apoyos personalizados y las actividades de refuerzo persisten las dificultades. (Requiere el concepto del/la docente de apoyo).

Artículo 22º. EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO GENERAL: El Comportamiento de los estudiantes se evaluará en cada periodo con valoraciones de uno cero (1.0) hasta cinco cero (5.0). De dicha valoración se dejara constancia en el Boletín de Notas de los estudiantes en cada de Periodo y en el Informe Final.

Artículo 23º. FORMACION LABORAL INICIAL: La institución ofrece la formación de bachilleres técnicos en el Énfasis de Hotelería y Turismo con Especialidades de Administración Hotelera; Alimentos y Bebidas, Ecoturismo y Recreación, orientada en el Nivel de la Media (Grados 10° y 11°), definiendo su propuestas curriculares a través de la estructura modular y los proceso articulación con el Sena, que respondan al desarrollo de competencias laborales iniciales. Para su fortalecimiento realiza vinculaciones articulaciones y convenios con entidades del sector productivo y estatal. Los procedimientos que se desarrollan al interior del área Técnica son responsabilidad del Comité Técnico, Integrado por: Coordinador/a del Área Técnica y líderes de cada Especialidad. Velan por el cumplimiento del Reglamentos Académico Institucional, el Reglamento de Prácticas Laborales (Pasantías), Reglamento de Practicas Pedagógicas (Prelaborales), el Proyecto de Servicios Social y los Reglamentos de las entidades con la que ésta articulada o tiene convenios.

23.1 PRINCIPIOS:
Ø  Hacer las cosas bien. Hacer lo que me gusta o me corresponda de la mejor manera y con mayor de los deseos.
Ø  Ser responsable y honesto: Tomar decisiones conscientemente, aceptar las consecuencias de los actos y tener la disponibilidad a rendir cuenta de ello, siendo siempre sincero, en el comportamiento, las palabras y los afectos.
Ø  Ser amable y respetuoso: Tratar de buena forma y con consideración así mismo, a los demás y estar dispuestos al diálogo abierto, empleando correctamente las habilidades emocionales.
Ø  Cumplir con competencias de su Especialidad: Realizar las actividades o la labor que corresponda de la mejor manera.

Artículo 24º REQUISITOS PARA OPTAR EL TITULO DE BACHILLER TÉCNICO: Son requisitos de obligatorio cumplimiento los siguientes:
24.1             Aprobar todas las áreas académicas del grado Once (11°).
24.2             Aprobar la Especialidad del Área Técnica del grado once (11°).
24.3             Matricularse y desarrollar la formación Técnica articulada con el Sena.
24.4             Desarrollar y certificar el Proyecto de Servicio Social
24.5             Realizar, aprobar y certificar la p Practicas Pedagógicas de la Especialidad (Prelaborales)
24.6             Realizar, aprobar y certificar la Práctica Empresarial (Pasantías)

Los procedimientos se establecen en el Reglamento Académico Institucional.

Artículo 25º. ESTIMULO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES QUE ENALTEZCAN CON SU ACTUAR

EL BUEN NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN: Teniendo en cuenta que la institución debe dar estímulos a los estudiantes que se destaquen obteniendo Lugares de Privilegio, dejando en alto el nombre de la Institución en eventos de carácter oficial o que sean reconocidos por el Consejo Académico. Al finalizar el año lectivo en el Informe Final se debe reflejar un estímulo académico consistente

en el mejoramiento de la valoración numérica en todas las áreas. La misma solo se puede otorgar una vez en un año lectivo, de acuerdo a la siguiente tabla:

FASE
EVENTO
PUESTO OCUPADO
ESTIMULO EN
TODAS LAS AREAS
1
Municipal
1° - 2° - 3°
1 Decima
2
Regional
1° - 2° - 3°
2 Decimas
3
Departamental
1° - 2° - 3°
3 Decimas
4
Zonal nacional
1° - 2° - 3°
4 Decimas
5
Nacional
1° - 2° - 3°
5 Decimas

Para su aplicación se seguirá con lo establecido en el Artículo 45° del Reglamento Académico Institucional:


Artículo 26º RESPECTO AL PROCESO DE CAMBIOS O MODIFICACIONES

DEL ACUERDO: El presente Acuerdo queda sujeto a los cambios o modificaciones, de acuerdo a la Ley y la Proyección del Proyecto Educativo Institucional.


Artículo 27º APROBACIÓN DE LA PROPUESTA DE REFORMA: El Consejo Directivo analizó, discutió y propuso reforma el Acuerdo de Evaluación y Promoción, al igual que los instrumentos que la operativizan para la vigencia 2020 2015, el 26 de noviembre de 2019 y las aprobó

Dada en Melgar, Noviembre 26 de 2019. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.




RICARDO ELÍAS MORALES RODRÍGUEZ


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