ACUERDO
DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN PARA LA EDUCACIÓN FORMAL VIGENCIA 2020 - 2025
NOVIEMBRE 26
DE 2019
"Por la cual se determinan los criterios de evaluación
y promoción escolar de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1290
de abril 16 de 2009”.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
TÉCNICA SUMAPAZ
En uso de las facultades legales (Ley 115, Ley 715, Decreto
Reglamentario 1860 de 1994, el Decreto 1290 de Abril 16 de 2009) y
CONSIDERANDO:
1. Que La Institución Educativa
Técnica Sumapaz, evaluará
integral y permanentemente todos los procesos de
los estudiantes, mediante la apreciación y valoración del desarrollo de
competencias básicas y del
alcance de objetivos, junto con los fines propuestos en el PEI, Plan
de Estudios, y Manual de Normas Escolares, en función de la calidad, según los
estándares básicos propuestos por el Ministerio de Educación Nacional (MEN).
2.
Que la Ley 115 de febrero
8 de 1994, en sus artículos 77 y 78 confiere autonomía escolar a los establecimientos educativos.
3. Que el MEN, a través
del Decreto 1290 abril 16 de 2009, reglamentó la evaluación del Aprendizaje y
Promoción de los estudiantes de los niveles de Educación Básica y Media.
4. Que el Consejo
Académico, analizó, discutió y elaboró una propuesta sobre los procesos de
evaluación y promoción de los estudiantes de los diferentes niveles que oferta
la Institución a nivel de educación formal, para la vigencia 2020 – 2015 y los instrumentos que operativizan dicho
proceso: Sistema General de Evaluación Institucional, Reglamento Académico
Institucional, Reglamentos del Área Técnica y el Proceso de Educación Inclusiva.
5. Que el 22 de
noviembre el Coordinador Académico General (E), presento a este Concejo la
propuesta del Acuerdo de Evaluación para la vigencia
2020 - 2015, con base en lo aprobado en la Reunión del Consejo Académico del
18 de Noviembre, la cual fue citada para tal
fin
6. Que el Consejo
Directivo estudió y aprobó dicha propuesta, al igual que los instrumentos que
la operativizan, en todos sus aspectos el día 25 de noviembre de 2019.
ACUERDA:
Aprobar el
Acuerdo de Evaluación y Promoción, al igual que los instrumentos que la
operativizan para la vigencia 2020 – 2015:
Sistema General de Evaluación Institucional, Reglamento Académico Institucional, Reglamentos del Área Técnica
y el Proceso de Evaluación Estudiantes con Discapacidad, el cual regirá
desde la fecha de inicio del año lectivo 2020, en los siguientes términos:
Artículo 1º. RESPECTO DE LA
EVALUACIÓN. Entiéndase como Evaluación el Proceso
formativo, cualitativo, sistemático, continuo y cuantitativo, donde se muestra
información sobre el proceso educativo integral de los estudiantes,
involucrando los aspectos conceptuales, procedimentales y actitudinales, a
través de la práctica de la autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación
determinando las causas que motivaron el desarrollo de un desempeño, un rendimiento
o una participación asertiva o no, de esta forma reorientar el trabajo de unos
y otros a la luz de los principios institucionales, el modelo pedagógico, los
lineamientos, los estándares, los derechos básicos de aprendizaje y la
normatividad vigente del MEN.
1.1 PRINCIPIOS DE
LA EVALUACIÓN
Ø Mérito: Demostración
continúa de capacidades para alcanzar resultados esperados en las condiciones previstas.
Ø Objetividad:
Cumplimiento de compromisos y contribución al logro de metas institucionales y
personales con criterios preestablecidos.
Ø Igualdad: En un
mismo nivel de desarrollo, se evaluará el desempeño escolar, en las mismas
condiciones y con los mismos criterios.
Ø Integralidad:
Conocer al estudiante en su totalidad. evaluar lo cognitivo, lo social y lo
personal. el docente tiene la obligación de indagar como está el estudiante
desde el punto de vista del saber, el hacer, el ser y el compartir.
Ø
Cientificidad: Inducir la investigación.
Ø Universalidad: Tener
en cuenta la heteroevaluación (juicio del docente): la autoevaluación
(reflexión del estudiante sobre su actuación) y la coevaluación (compañeros).
Ø
Continuidad: Diagnosticar, conocer el desarrollo de
la acción y verificar resultados.
Ø Acumulación:
Resultados obtenidos, deben servir para comparar los nuevos y determinar el
progreso y verificar los avances de acuerdo a lo pautado.
Ø
Coherencia: Sseguimiento constante del desarrollo al
aprendizaje durante todo el proceso.
Ø Control del proceso de aprendizaje: Comprobar en todo momento
el nivel de competencia y detectar constantemente elementos
externos o internos que lo ayudan o dificultan.
Artículo 2º.
RESPECTO DE LA EVALUACIÓN INTEGRAL. La Institución
Educativa Técnica Sumapaz de Melgar -Tolima, evaluará integral y
permanentemente a los estudiantes valorando primordialmente la intencionalidad
de esfuerzos para el desarrollo de los procesos de formación como enfoque
institucional. La evaluación académica integral de los estudiantes se define
institucionalmente como el proceso formativo, cualitativo, sistemático,
continuo, que se cuantificara para evidenciar y entregar información sobre el
desarrollo de su proceso, en las siguientes Dimensiones:
2.1 DIMENSIONES:
2.1.1
DIMENSIÓN COGNITIVA: Capacidad
de comprender, aplicar
y proyectar creativamente los saberes en la interacción consigo mismo, los demás y el
entorno, Se concreta en la posibilidad que tiene de construir estructuras mentales y aprender
conceptualmente la realidad
que le rodea resolviendo situaciones problémicas en lo académico,
formulando teorías e hipótesis sobre la mismas, de tal manera
que no solo las pueda comprender, sí no que además interactuar con ellas para
interiorizarlas y/o transformarlas.
2.1.1.1
CRITERIOS:
Ø ESTRUCTURACIÓN: La apropiación de conceptos y teorías como base del conocimiento teórico, demostrado en el desarrollo de saberes.
Ø PRÁCTICA Y
EJECUCIÓN: Definida como el aprender, demostrado en la habilidad práctica de
habilidades y destrezas.
Ø TRANSFERENCIA Y
VALORACIÓN: Definida como verificación del uso del aprendizaje y su aplicación en el contexto.
Se centra en aquello que puede sustentar el estudiante al finalizar la actividad de aprendizaje.
Ø APLICACIÓN:
Participación en eventos académicos Institucionales o de Sede propios de cada
área y el desarrollo de las lúdicas institucionales.
2.1.2
DIMENSIÓN PERSONAL: Hace referencia al desarrollo
del conjunto de competencias, que forman al estudiante como un sujeto
responsable y capacitado para la construcción de su proyecto de vida, generado
mediante su conciencia, acciones formativas , el entendimiento e identidad propia.
2.1.2.1
CRITERIOS
Ø Hacer, teniendo en
cuenta su participación y aportes a los compromisos académicos
Ø Avances
significativos en el proceso realizado para
aprender.
Ø Responsabilidad con
las actividades académicas para corregir y superar las dificultades.
Ø Evidenciar actitud y
disposición en el proceso de aprendizaje.
2.1.3
DIMENSIÓN SOCIAL: Se sustenta en el manejo
adecuado de las relaciones interpersonales y el desarrollo de las habilidades sociales, la
participación y colaboración activa en las responsabilidades frente a los
ideales de los distintos grupos que conforman la comunidad Educativa y
su entorno.
2.1.3.1 CRITERIOS
Ø Trabajo en Equipo: Interacción, participación y aporte
positivo para consolidar las metas de su
grupo.
Ø Responsabilidad
Social: El compromiso consigo mismo, con los demás, con la sociedad y con la
naturaleza mediante la aplicación de los 7 Aprendizajes Básicos.
CRITERIOS
A POR DIMENSIONES
COGNITIVA
|
PERSONAL
|
SOCIAL
|
Debe evaluar:
Ø
Estructuración
Ø
Práctica y ejecución
Ø
Transferencia y
valoración
Ø
Aplicación
|
Debe evaluar:
Ø
Participación y
aportes
Ø
Avances significativos
Ø
Responsabilidad en actividades académicas.
Ø Actitud y disposición
|
Debe evaluar:
Ø Trabajo en equipo
Ø Responsabilidad
social: 7 Aprendizajes Básicos
|
2.2 VALORACIÓN DE LAS
DIMENSIONES: La evaluación debe reclamar la intencionalidad y responsabilidad
del estudiante, para que con base a los resultados obtenidos, dedique tiempo y
esfuerzo para el pleno desarrollo de sus competencias, utilizándolas como instrumento regulador de la enseñanza y del aprendizaje, analizando sus
resultados, considerando los factores que incidieron y propones metas de
profundización y mejoramiento continuo; los docentes, orientándola de modo más
humano hacia los protagonistas de la actividad y hacia los procesos de
aprendizaje - enseñanza que se realizan en las aulas; con el apoyo conjunto
entre los orientadores del currículo (Directivos, profesores y padres de
familia), respecto al compromiso de cada uno con la educación del niño, niña o
del joven y a la forma de valorar sus éxitos, sus logros, sus dificultades, sus
aciertos, dudas y fracasos.
Las
dimensiones se deben valorar frente al desempeño de los niveles de competencia,
actitud, responsabilidad y disposición del estudiante en un periodo
o año lectivo a través de la asociación
de la HETEROEVALUACIÓN, que es la evaluación que realiza el profesor con base en las actividades y criterios acordados; la
AUTOEVALUACIÓN, realizada por el estudiante y tiene por objeto, la observación individual de su progreso
frente a los criterios establecidos y la COEVALUACIÓN, que es la evaluación que realizan los pares académicos, con base
en la objetividad y la equidad.
Consiste
en la valoración conjunta estableciendo los criterios colectivamente (Docentes
- estudiantes). Para asegurar la calidad de la evaluación y la objetividad se
deben implementar instrumentos que eviten
la subjetividad, entre ellos la rúbrica y los establecidos en el Reglamento Académico Institucional, con
criterios previamente acordados.
Artículo 3º.
PORCENTAJES DE DE INTENCIONALIDAD DE ESFUERZOS PARA EL DESARROLLO DE LOS
PROCESOS DE FORMACIÓN COMO ENFOQUE INSTITUCIONAL. Las dimensiones
anteriormente definidas tendrán la siguiente valoración
para alcanzar el 100% de la Intencionalidad de Esfuerzos en el Proceso de
Formación Integral del Estudiante de acuerdo al nivel educativo así:
3.1 NIVEL PREESCOLAR
DIMENSIÓN COGNITIVA 30%
DIMENSIÓN PERSONAL 35%
DIMENSIÓN SOCIAL 35%
3.2 NIVELES DE
INTENCIONALIDAD EN BÁSICA PRIMARIA, BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA: AREAS DEL SABER – HACER - SER: Porcentajes de direccionalidad de
esfuerzos para el desarrollo de los procesos de formación como enfoque institucional:
3.3 Matemáticas,
Humanidades, Ciencias Naturales y Ciencias Sociales
DIMENSIÓN COGNITIVA
|
70%
|
DIMENSIÓN PERSONAL
|
15%
|
DIMENSIÓN SOCIAL
|
15%
|
3.4 NIVELES DE
INTENCIONALIDAD EN BÁSICA PRIMARIA, BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA: AREAS DEL SER – HACER Y SABER: Porcentajes de direccionalidad de
esfuerzos para el desarrollo de los procesos de formación como enfoque
institucional : FORMACIÓN HUMANA (Educación Ética - Artística y Cultural);
EDUCACIÓN FÍSICA, RECREACIÓN Y DEPORTES; INNOVACIÓN (Tecnología – Informática y Emprendimiento); FILOSOFIA y TECNICAS:
DIMENSIÓN COGNITIVA
|
40%
|
DIMENSIÓN PERSONAL
|
30%
|
DIMENSIÓN SOCIAL
|
30%
|
Artículo 4º. RESPECTO DE LOS GRUPOS
DE ÁREAS POR NIVELES: Las áreas que conforman el Plan
de Estudios y su intensidad horaria serán:
2.1 ÁREAS Y ASIGNATURAS OBLIGATORIAS Y
FUNDAMENTALES NIVEL BÁSICA PRIMARIA E INTENSIDAD HORARIA
No.
|
GRUPOS
DE ÁREAS
|
|
1°
|
2°
|
3°
|
4°
|
5°
|
1
|
CIENCIAS NATURALES Y
EDUCACIÓN AMBIENTAL
|
PROYECTOS: LECTO –
ESCRITOR; LECTURA CRÍTICA Y 7 APRENDIZAJES
|
2
|
2
|
2
|
3
|
3
|
2
|
CIENCIAS
SOCIALES, HISTORIA, GEOGRAFÍA, CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y DEMOCRACIA
|
2
|
2
|
2
|
3
|
3
|
|
3
|
FORMACIÓN
HUMANA: EDUCACIÓN ÉTICA – RELIGIOSA
- ARTÍSTICA Y CULTURAL
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
|
4
|
EDUCACIÓN
FÍSICA, RECREACIÓN Y DEPORTES.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
|
5
|
HUMANIDADES,
LENGUA CASTELLANA E IDIOMAS
EXTRANJEROS
|
8
|
8
|
8
|
7
|
7
|
|
LENGUA CASTELLANA
|
5
|
5
|
5
|
4
|
4
|
||
LECTURA CRITICA
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
||
IDIOMAS EXTRANJEROS
(INGLES)
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
||
6
|
MATEMÁTICAS
|
7
|
7
|
7
|
6
|
6
|
|
PROCESO NUMERICOS
|
6
|
6
|
5
|
4
|
4
|
||
ESTADÍSTICA
|
N/A
|
N/A
|
1
|
1
|
1
|
||
GEOMETRIA
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
||
7
|
INNOVACIÓN:
TECNOLOGÍA
– INFORMÁTICA Y
EMPRENDIMIENTO
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
|
|
TOTAL
|
|
25
|
25
|
25
|
25
|
25
|
4.2 ÁREAS Y ASIGNATURAS OBLIGATORIAS Y FUNDAMENTALES NIVEL
BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA TÉCNICA E INTENSIDAD HORARIA
4.3
No
|
AREAS/ASIGNATURAS
|
|
6°
|
7°
|
8°
|
9°
|
10°
|
11°
|
1
|
CIENCIAS NATURALES Y
EDUCACIÓN AMBIENTAL
|
PROYECTOS: LECTO –
ESCRITOR; LECTURA CRÍTICA Y
7 APRNDIZAJES
|
4
|
4
|
6
|
6
|
6
|
6
|
BIOLOGIA
|
3
|
3
|
3
|
3
|
1
|
1
|
||
QUIMICA
|
1
|
1
|
1
|
1
|
3
|
3
|
||
FISICA
|
N/A
|
N/A
|
2
|
2
|
2
|
2
|
||
2
|
CIENCIAS SOCIALES,
HISTORIA, GEOGRAFÍA, CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y DEMOCRACIA
|
4
|
4
|
4
|
4
|
4
|
4
|
|
SOCIALES
|
4
|
4
|
3
|
3
|
3
|
3
|
||
CATEDRA CIUDADANA
|
N/A
|
N/A
|
N/A
|
N/A
|
1
|
1
|
||
3
|
FILOSOFIA
|
N/A
|
N/A
|
2
|
2
|
2
|
2
|
|
4
|
FORMACIÓN HUMANA:
EDUCACIÓN ÉTICA – RELIGIOSA
- ARTÍSTICA Y CULTURAL
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
|
5
|
EDUCACIÓN FÍSICA,
RECREACIÓN Y DEPORTES.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
1
|
1
|
|
6
|
HUMANIDADES, LENGUA
CASTELLANA E IDIOMA EXTRANJERO
|
9
|
9
|
7
|
7
|
7
|
7
|
|
CASTELLANO
|
5
|
5
|
3
|
3
|
3
|
3
|
||
LECTURA CRITICA
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
||
INGLES
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
7
|
MATEMATICAS
|
|
6
|
6
|
5
|
5
|
5
|
5
|
PROCESOS NÚMERICOS
|
4
|
4
|
3
|
3
|
3
|
3
|
||
GEOMETRIA
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
||
ESTADISTICA
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
||
8
|
INNOVACIÓN: TECNOLOGÍA – INFORMÁTICA Y
EMPRENDIMIENTO
|
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
9
|
TECNICAS
|
N/A
|
N/A
|
N/A
|
N/A
|
5
|
5
|
|
|
TOTAL
|
30
|
30
|
30
|
30
|
35
|
35
|
Artículo 5º. RESPECTO AL
PROCESO DE EVALUACIÓN. En los procesos de evaluación
del estudiante, se tendrán en cuenta, además de los Lineamientos, estándares,
derechos básicos de aprendizaje del Ministerio de Educación Nacional y la
Secretaria de Educación del Tolima, los protocolos institucionales de
evaluación, los aportes de los padres de familias o acudientes, los docentes y
estudiantes. Para cumplir con dicho proceso, es importante:
5.1 LA VALORACIÓN
CUALITATIVA: Se realizará según escala definida por el Ministerio de Educación Nacional. Para efectos de superación de desempeños necesarios y para transferencias, se ajustará a la
siguiente escala porcentual:
Ø DESEMPEÑO SUPERIOR:
(Calificación de 4.6 a 5.0)
Ø DESEMPEÑO ALTO: (Calificación
de 4.0 a 4.5)
Ø DESEMPEÑO BÁSICO: (Calificación
de 3.0 a 3.9)
Ø DESEMPEÑO BAJO: (Calificación
de 1.0 a 2.9)
Parágrafo: Para los niños del nivel de preescolar los informes periódicos y
académicos serán descriptivos de acuerdo a las cualidades de cada estudiante,
según sus capacidades o aptitudes personales y sociales.
5.2 VALORACIONES
NUMÉRICAS PARA EL CONTROL DEL DOCENTE. Para registrar los resultados de las
evaluaciones, los docentes deberán emplear calificaciones en el intervalo de uno (1.0) a cinco (5.0). Cuando la suma
de los puntajes de las dimensiones terminen en centésimas, se aplicará la Ley de aproximación: si la centésima
es 5 o más, se aumentará una décima, si es menor que Cinco (5) las decimas quedarán igual.
5.3 VALORACIONES
NUMÉRICAS DE LAS COMPETENCIAS. Cuando
al terminar un periodo se hayan desarrollado las competencias establecidas, las
calificaciones finales de la misma se registran en la plataforma virtual de notas.
Artículo 6º. RESPECTO AL CALENDARIO ACADÉMICO. Para efectos del
calendario académico y para adelantar el proceso de desarrollo Curricular y Evaluación se tendrán en cuenta los siguientes
aspectos:
6.1 PERIODOS. La
Institución Educativa Técnica Sumapaz, divide su año escolar en cuatro (4)
periodos de 10 semanas cada uno, con las siguientes valores porcentuales:
6.1.1
Para Áreas CON Pruebas Institucionales Tipo Saber, cada periodo académico
tiene un valor del veinte por ciento (20%) de la
valoración final, para un subtotal del ochenta por ciento (80 %) de la calificación final y una prueba institucional con un valor del 20% para un Total
del 100%.
6.1.2
Para Áreas SIN Pruebas Institucionales Tipo Saber, cada periodo académico
tiene un valor del veinticinco (25%) de la
valoración final, para un Total del 100%
Artículo 7º. PRUEBAS
INSTITUCIONALES TIPO SABER: Son prácticas pedagógicas
que tiene el fin de evaluar el conocimiento de los estudiantes y así demostrar
su desempeño en las diferentes áreas de aprendizaje durante el desarrollo de su
proceso académico en la institución. Dicha prueba tiene como propósito conocer
el grado de avance en el desarrollo de las competencias programadas y permite a los docentes
orientar acciones para el mejoramiento de la calidad
de la enseñanza. Con los
siguientes considerandos:
7.1 APLICACIÓN
7.1.1
Se aplicarán en los siguientes Niveles, Grados y Áreas:
Ø Grado Primero:
Matemáticas y Humanidades
Ø Grado Segundo:
Matemáticas, Humanidades y Ciencias Naturales.
Ø De 3°
a 11°: Matemáticas;
Humanidades (Castellano, Lectura
Crítica e Inglés); Ciencias Sociales y Ciencias Naturales.
7.2 VALORACIÓN
7.2.1 Para su valoración
la nota general de la prueba será la misma para todas las asignaturas que
conforman un área, independientemente si en los cuestionarios se establecen
preguntas de una o más asignaturas.
7.2.2 Para la construcción
de los cuestionarios, calificación, revisión de implementación, registro de
calificaciones en la plataforma virtual de notas, evaluación de resultados y
propuesta de mejoramiento la institución podrá contratar con una empresa
externa todo el proceso.
7.2.3 Para las Notas de
Pruebas Institucionales Tipo Saber no se habilita la Plataforma Virtual a
docentes
7.2.4 Las pruebas se
realizarán en la última semana de septiembre o la primera de octubre,
simultáneamente en todas las Sedes y por Jornadas. Cada prueba tendrá un valor del veinte por ciento (20%) para
el área.
7.3 PERDIDA DE ÁREAS
COMO RESULTADO DE LAS NOTAS DE LA PRUEBA INSTITUCIONAL TIPO SABER: En caso que
un estudiante pierda una o más áreas, a consecuencia exclusiva de los
resultados de las Notas de la Evaluación Institucional, deberá presentar
actividades de Nivelación de todos los contenidos vistos en el área durante el
año lectivo.
7.4 CONVALIDACIÓN
RESULTADOS DE LAS NOTAS DE PRUEBAS TIPO SABER: Para efectos de convalidación de los Resultados de las Pruebas
Institucionales, Prueba Saber Once, y/o Simulacros
Institucionales con el sistema de evaluación institucional de las Áreas y
Asignaturas Académicas que dicho proceso evalúa, se aplicará la Tabla
establecida en el Reglamento Académico Institucional.
7.5 TABLA DE PERIOCIDAD
AREAS CON PRUEBAS INSTITUCIONALES EN NIVELES DE EDUCACION FORMAL
PERIOCIDAD
|
VALOR PORCENTUAL
|
PRIMER PERIODO
|
20
%
|
SEGUNDO PERIODO
|
20 %
|
TERCER PERIODO
|
20
%
|
CUARTO PERIODO
|
20
%
|
PRUEBA INSTITUCIONAL
|
20
%
|
TOTAL
|
100 %
|
7.6 TABLA DE PERIOCIDAD
AREAS SIN PRUEBAS INSTITUCIONALES EN NIVELES DE EDUCACION FORMAL
PERIOCIDAD
|
VALOR PORCENTUAL
|
PRIMER PERIODO
|
25
%
|
SEGUNDO PERIODO
|
25 %
|
TERCER PERIODO
|
25
%
|
CUARTO PERIODO
|
25
%
|
TOTAL
|
|
7.7 CONVALIDACIÓN DE
NOTAS PARA CASOS ESPECIALES: Si un estudiante por cualquier situación
extemporánea debidamente justificada no puede presentar la Prueba
Institucional, su Nota será el promedio las Notas de los tres primeros periodos
(I –II y III) en cada una de las Áreas y Asignaturas que las conforman.
Dicha novedad debe ser informada por escrito, máximo al día siguiente a la
presentación de las pruebas a Coordinación General y/o Coordinación Académica
General por el Coordinador de Sede y/Jornada. Igual procedimiento se podrá
aplicar si existe dificultad en el sistema para las Áreas que NO presentan
Pruebas Institucionales tipo Saber.
Artículo 8º. PROCESO DE
INFORMACIÓN: se realizará mediante boletines
informativos, entregados una vez se terminen cada uno de los periodos escolares
y al finalizar el año lectivo. Para el desarrollo del proceso se establecen las
siguientes directrices:
8.1 DILIGENCIAMIENTO Y
REGISTRO DE NOTAS: Los docentes diligenciarán la planilla virtual de notas
institucional, y en ella se evidenciará todo el proceso de evaluación. Terminado
cada periodo y cada evaluación institucional, los docentes registrarán las
calificaciones respectivas en la plataforma virtual.
8.2 INFORMES ACADÉMICOS.
Terminado cada periodo se rendirá un informe del estado de los procesos de
formación del estudiante por áreas y asignatura, los resultados de las pruebas
institucionales se entregarán en el cuarto periodo.
8.3 INFORME FINAL.
Terminado el proceso académico del año lectivo, los docentes de las diferentes
áreas rendirán un informe final valorativo sobre el estado académico de cada
estudiante. Este quinto
(V) Informe no debe ser inferior al presentado cuantitativamente durante los diferentes periodos y las evaluaciones semestrales.
Parágrafo: Para el caso de los educandos con discapacidad y/o barreras y limitaciones
sociales para el aprendizaje y la participación, también se elaborarán informes cualitativos que evidencien
logros obtenidos y aspectos por mejorar.
Artículo 9º. RESPECTO DE LAS
INSTANCIAS DE VERIFICACIÓN DE PROCESOS ACADEMICOS.
La estructura pedagógica y de verificación a nivel de instancia estará
conformada así:
9.1 PRIMERA INSTANCIA.
COMITÉ DE GARANTÍAS ACADÉMICAS POR GRADO EN CADA SEDE Y JORNADA: Estará
integrada por un director de grado, un padre de familia y un estudiante.
9.2 SEGUNDA INSTANCIA. COMITÉ INSTITUCIONAL DE GARANTÍAS ACADÉMICAS. Está integrada por el
Rector, un representante de los docentes elegido en asamblea general de
docentes, un coordinador elegido
por el grupo de coordinadores, un Padre de Familia designado
por el
Consejo de Padres
y un estudiante designado por el Consejo de estudiantes.
9.3 TERCERA INSTANCIA. CONSEJO ACADÉMICO. Está integrado por el Rector,
los coordinadores, los
representantes de cada una de la áreas, un docente representante de preescolar
y uno de primero o segundo de la educación básica primaria.
9.4 ULTIMA INSTANCIA
INSTITUCIONAL. CONSEJO DIRECTIVO. Máxima Autoridad Institucional.
Artículo 10º. SITUACIONES ESPECIALES RELACIONADAS CON LA PROMOCIÓN. Al finalizar el año
lectivo se reunirá el Comité de Garantías Académicas Institucional, para
definir situaciones especiales relacionadas con la promoción o no de
estudiantes, que no hayan sido definidas o aprobadas por la de Sede y Jornada.
Artículo 11º. PLAN DE MEJORAMIENTO CONTINUO.
11.1
DURANTE LOS PERIODOS: Al finalizar cada período
académico, se reunirá el Comité de Garantías Académicas de cada grado a fin de
verificar y analizar el desempeño escolar de los estudiantes, proponiendo acciones de mejoramiento y profundización de acuerdo con los planes de nivelación presentados por las áreas.
11.2
AL FINALIZAR EL AÑO LECTIVO: Al terminar el año
lectivo el docente titular que oriento clases en una área o asignatura deberá
establecer los Planes de Mejoramiento para cada uno de los estudiantes que
reprobaron el año.
11.3
ACTIVIDADES DE PROFUNDIZACIÓN, NIVELACIÓN Y
RECUPERACIÓN: Se realiza a través de las acciones pedagógicas propias del aula
de clase, donde se hace un seguimiento del avance en los niveles de desempeño
de las competencias establecidas para las áreas académicas. Al llevar a cabo el
procesos de evaluación y detectar en el desarrollo de las competencias, la
superación continua o dificultades del estudiante, se deben programar acciones de profundización y mejora, a nivel de área y asignatura, a las mismas
se les hará seguimiento por parte del docente que la(s)
orienta, la jefatura de área y del Comité de Garantías Académicas.
Ø ACTIVIDADES DE
PROFUNDIZACIÓN. Aplica para para estudiantes con excelentes resultados
académicos terminar un periodo. Son programadas por el área para apoyar el
proceso del estudiante que presenta
superación permanente en el alcance
de los logros. Estas se llevarán
a cabo durante el periodo académico respectivo simultáneamente con las
actividades regulares del curso y generan una nueva evidencia de evaluación con
su correspondiente valoración.
Ø ACTIVIDADES DE NIVELACIÓN
EN EL AULA: Programadas por los profesores de las áreas para
apoyar el proceso del estudiante que presenta dificultades en sus desempeños y
por tanto en el desarrollo de las competencias. Estas se llevan a cabo durante
el siguiente periodo académico, simultáneamente con las actividades regulares
del curso y generan una nueva evidencia de valoración y su cuantificación numérica.
Ø ACTIVIDADES DE
NIVELACIÓN DE SEDE: Para fortalecer el trabajo en equipo, se organizan jornadas
de acompañamiento y trabajo en equipo con pares académicos en cada curso. Las
mismas se realizan en cada periodo en la semana siguiente al Programa Familia
Maestro. Las guías o talles deben ser revisadas y aprobadas previamente
por el Coordinador de Sede.
Ø ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN: Programadas por los profesores para aquellos estudiantes que al terminar el año
académico no desarrollaron competencias propuestos. Estas se llevarán a cabo de
acuerdo a los programas establecidos.
Artículo 12º. RESPECTO DEL PROCESO DE PROMOCIÓN: La Promoción será
entendida como el avance de un nivel, ciclo o al grado siguiente, y se
fundamentará con los siguientes aspectos:
12.1 CRITERIOS DE
PROMOCIÓN. La promoción para cada uno de los grados de los distintos niveles,
ciclos y programas que oferta la Institución se realizará por dimensiones,
áreas o grupos de áreas. Teniendo en cuenta que si un área ésta conformada por
dos o más asignaturas el peso porcentual de ellas será el mismo del área
(100%), sin importar la intensidad horaria.
12.1.1 UN ÁREA O GRUPO DE
ÁREAS. Se aprueba cuando el estudiante obtiene una valoración final mínima de
Tres cero (3.0), en un área o en las
asignaturas que la conforman. Para aprobar un área que está conformada por
asignaturas, se deben de aprobar todas las asignaturas que la conforman.
12.1.2 V INFORME. Al
terminar el año lectivo y para efectos del V informe, si un estudiante aprueba
todas las asignaturas que conforma un área, la nota Final del Área, será el
Promedio de las asignaturas que la conforman. De igual forma se aplica cuando
realice la nivelación de la(s) asignatura(s) que repruebe(n).
12.1.3 ÁREA TÉCNICA: El
Área Técnica (10° y 11°) para ser aprobada, se deben aprobar todos los módulos
que la conforman según el grado y especialidad.
12.1.4 GRADOS ONCE: Un área o grupo de áreas se puede promocionar anticipadamente cuando se obtiene mínimo 60 puntos en las áreas que evalúa la
Prueba SABER 11.
Artículo 13º. RESPECTO DEL PROCESO DE REPROBACIÓN: La reprobación será
entendida como la(s) dificultad(es) para aprobar grado, área o asignatura, y se
fundamentará con los siguientes aspectos:
13.1
REPROBACIÓN DE ÁREAS Y/O ASIGNATURAS: Cuando un
estudiante al finalizar un periodo o el año lectivo obtiene
valoraciones inferiores a 3.0 (tres cero) en una o más áreas
o asignaturas. Si un
estudiante pierde una o más asignaturas que conforman un área pierde dicha área.
13.2
REPROBACIÓN POR ÁREAS AL FINALIZAR
EL AÑO LECTIVO: Cuando un estudiante al finalizar
el año obtiene valoraciones inferiores a 3.0 (tres cero) en tres (3) o más áreas.
13.3
REPROBACIÓN POR INASISTENCIA: Cuando un estudiante
deja de asistir al 20% de las actividades académicas injustificadas se
considera deserción. Se debe sustentar con el Registro de seguimiento realizado
y de Inasistencia.
13.4
REPROBACIÓN POR PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD: Se aplica cuando
las valoraciones en las
2 (dos) pruebas de suficiencia son inferiores a 3.0 (tres cero).
13.5
REPROBACIÓN POR ULTIMA PRUEBA DE
SUFICIENCIA: Se aplica cuando la valoración de la última prueba de suficiencia
es inferior a 3.0 (tres cero).
13.6
REPROBACIÓN POR NO CUMPLIR CON LAS ACTIVIDADES
VACACIONALES: Se aplica cuando el estudiante no supera sus deficiencias en una o dos áreas luego de realizado
dichos programas.
13.7
REPROBACIÓN DE UN AREA POR PERDIDA DE ASIGNATURAS:
En el caso que se pierda una o más asignaturas que conforman un área, se
reprueba el área. Para la aprobación del área, se debe nivelar la o las
asignaturas reprobadas.
Artículo 14º. PROMOCIÓN POR PRINCIPIO DE
FAVORABILIDAD: Está estructurado así:
14.1
PRUEBA DE SUFICIENCIA. La prueba de suficiencia
consiste en una actividad académica que contempla una actividad de recuperación respecto
a aprendizajes propuestos. Se aplica a los
estudiantes que reprobaron el año lectivo con valoración baja en una (1) o dos
(2). Implica el desarrollo de un proceso con un equivalente al 60% de actividad
practica (En la parte práctica se
evaluarán las dimensiones: cognitiva, personal y social,
con una equivalencia del 20% cada una) y una prueba escrita tipo SABER
equivalente al 40%. Se aplica la siguiente semana de terminadas las clases. Se
debe hacer Registro de las Notas en el Informe Final (V Informe).
14.1.1 VALORACIÓN: Cuando
se reprueba una (1) o dos(2) áreas con valoración inferior de tres cero (3.0)
14.1.2 RESULTADOS:
Ø Cuando se reprueban
un (1) área: Si la valoración de la prueba de suficiencia del área, es igual o
mayor a 3.0 (Tres cero), se
promocionará al grado siguiente, de lo contrario presentará una segunda prueba
de suficiencia antes de finalizar las labores académicas del año lectivo, según
horario establecido. Si la aprueba se promociona. Si no reprueba el año.
Ø Cuando se reprueban
dos (2) áreas: Se presenta una Prueba de Suficiencia para cada área reprobada.
Si las valoraciones de las pruebas de suficiencia de las dos áreas son iguales
o mayores a 3.0 (Tres cero), se
promocionará al grado siguiente. Si las valoraciones en las dos áreas son
menores de Tres cero (3.0) el
estudiante reprueba el grado. Si la valoración de un área es mayor o igual a tres cero (3.0)
y la otra valoración es menor a tres cero (3.0),
presentará una segunda prueba de suficiencia de dicha área, al finalizar
las labores académicas del año lectivo. Si la aprueba se promociona. Si no
pierde el año.
Ø Se
aplica la siguiente semana de terminadas las clases. Se debe hacer Registro de
las Notas en el Informe Final (V Informe).
Parágrafo 1: Las valoraciones de
las áreas o grupo de áreas con prueba de suficiencia aprobadas, para el Informe
final se convalidarán a Desempeño Básico con Nota de Tres cero (3.0).
Parágrafo 2: Cuando se reprueba el área Técnica
se debe presentar las actividades de suficiencia
del módulo o módulos que originaron la reprobación.
Artículo 15º. PROMOCIÓN PARA ESTUDIANTES CON
DISCAPACIDAD:
15.1
ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD PERMANENTE (NEE): En el
proceso de promoción se tendrá en cuenta los avances a nivel social teniendo en
cuanta su proyecto de vida y niveles de integración previo concepto del
Profesional responsable o encargado de cada proceso. Para ello se debe tener en
cuenta el concepto del o los profesionales que atienden dicha población
educativa y el Padre de Familia o Acudiente. Atendiendo el PLAN INDIVIDUAL DE
AJUSTES RAZONABLES (PIAR) se realizará la debida promoción y el Concepto del/la
docente de apoyo. Dicha promoción se hará mediante acta del Comité de Garantías
de Sede y Jornada y el/la Coordinador/a, expide la respectiva Resolución,
anexando copia de acta de promoción y el registro de notas. Las mismas tendrá
una valoración mínima
de tres cero (3,0) en todas las áreas.
15.2
ESTUDIANTES CON DIFICULTADES DE APRENDIZAJE O CON
BARRERAS Y LIMITACIONES SOCIALES PARA EL APRENDIZAJE: Los docentes se elaborarán los PIAR, el docente contará
con los aportes de los padres
de familia y en caso especiales con docente de
apoyo.
15.3
REPITENCIA: Los estudiantes que presenten dos o más
años de repitencia en un mismo grado deberán ser valorados por un especialista
según el caso, dicho proceso es responsabilidad del Padre de Familia
o Acudiente y en caso no se cumpla lo realizar el/la docente de apoyo
quien realizara lo pertinente según lo establecido en la normatividad.
No aplica para estudiantes nuevos.
Artículo 16º. PROGRAMAS DE
PROMOCIÓN INSTITUCIONAL PARA ESTUDIANTES QUE
REPROBARON EL AÑO: De acuerdo con el segundo párrafo del artículo 7° del decreto 1290 que dice: “los
establecimientos educativos deberán
adoptar criterios y procesos para facilitar la promoción al
grado siguiente de aquellos estudiantes que no la obtuvieron en el año lectivo anterior” y la Directiva Ministerial No. 29 de noviembre 16 de 2010;
la Institución establece para tal efecto los siguientes programas:
16.1
ACTIVIDADES VACACIONALES: Corresponden a Actividades
Académicas desarrolladas en su hogar por los estudiantes que reprobaron el año lectivo
con valoración baja en tres (3) o cuatro
(4) áreas
y aquellos que no aprobaron
una (1) o dos (2) pruebas de suficiencia. Se programan con el objeto de superar las debilidades
en cada una de ellas. Es decir recibirá en su hogar acompañamiento y asesoría en lo referente
a las actividades entregadas, orientadas y asesoradas por los
docentes designados.
Parágrafo: Los estudiantes que
lograron superar sus dificultades obtendrán una valoración de tres cero (3.0)
en las áreas o grupo de áreas que motivaron la reprobación del año lectivo
anterior.
16.1.1
EVALUACIÓN DE ACTIVIDADES
VACACIONALES: Las actividades vacacionales se evaluarán con los siguientes porcentajes:
Ø Trabajo escrito 30%
(previamente se deben establecer las normas
técnicas)
Ø Sustentación oral
40%
Ø Evaluación escrita 30%
Parágrafo: En caso de incumplir
con uno de los requisitos anteriores u obtener
nota inferior a 3.0
el estudiante no será promovido
16.2
PROMOCIÓN REGULADA ANTICIPADA: Si desarrollado los
Programas Académicos Institucionales, un estudiante continúa con dificultades
en una, dos o más áreas tendrá la oportunidad de Ser promocionado al año siguiente
si al terminar el primer periodo sus calificaciones son de desempeño Alto o
Superior (Notas iguales o mayores a cuatro cero (4,0) en todas las áreas.
Dichas notas se reflejarán en el libro de calificaciones.
Parágrafo: Los estudiantes que lograron superar sus
dificultades obtendrán una valoración de tres cero (3.0) en las áreas o grupo
de áreas que motivaron la reprobación del año lectivo anterior.
16.2.1 ACTA DE COMPROMISO.
Al momento de renovar la matricula, el Padre de Familia y el Estudiantes firman
el Acta de Compromiso, donde se debe incluir el proceso de nivelación académica
por parte del estudiante respecto al primer periodo del grado al que fue
promovido y la convalidación de notas si hubiese lugar a realizarlo.
Parágrafo: La Promoción Regulada
(Actividades Vacacionales) y la Promoción Regulada Anticipada no aplican en
estudiantes nuevos. Los estudiantes promovidos en otros establecimientos
educativos con áreas perdidas, no podrán nivelar las mismas en esta
Institución, en razón a que la promoción
fue definida y por consiguiente el respectivo certificado de estudios es inmodificable.
PROMOCIÓN ANTICIPADA: Se entenderá como el paso anticipado de un grado a otro superior, en reconocimiento un estudiante que
demuestre Rendimiento Superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en
el marco de las competencias básicas en el grado que cursa, en situaciones
excepcionales en aquellos
casos que se presenten extemporáneamente y que de ninguna manera sobrepasen el segundo periodo
lectivo o al terminar el primer periodo
por parte de un estudiante que perdió un año lectivo y no
presento ningún Programa de Promoción Institucional. Para ello el estudiante
deberá demostrar un desempeño SUPERIOR (Nota igual o superior a Cuatro cinco
(4.5), en todas las áreas o grupo de áreas del grado que cursa y cumpla con los
requisitos establecidos en el Artículo 7º del Decreto 1290 de 2009. Aplica para
estudiantes nuevos.
Artículo 17º. ESTUDIANTES CON DIFICULTADES ACADÉMICAS EN LOS
PERIODOS
17.1
PROGRAMA FAMILIA MAESTRO.
Aplica para para estudiantes con dificultades académicas durante el trascurso de un
periodo. Basado en orientaciones pedagógicas para el apoyo del trabajo escolar
en casa, por ello no se entregan
actividades por escrito.
Se realiza en la 5ª. Semana
de cada Periodo, dejando Constancia escrita en la respectiva Acta y Registrando
las Notas de dicho proceso en la plataforma. Requiere proponer estrategias y
condiciones para lograrlo.
Parágrafo: Si el padre de Familia o
Acudiente, no asiste se procede como se establece en el conducto regular del
Reglamento Académico Institucional
17.2
ACTIVIDADES DE NIVELACIÓN. Aplica para para
estudiantes con dificultades académicas al terminar un periodo. Son todas las
guías y actividades, tareas, ejercicios y proyectos, pruebas objetivas,
ensayos, entre otros, en forma individual o grupal a desarrollar de forma
extracurricular, con el acompañamiento de su familia y la orientación del
docente del área o asignatura. propuestos por cada área para apoyar
los procesos de aprendizaje de los estudiantes con dificultades. Se
desarrollan al finalizar el I, II y III Periodo. Para ello se entrega a cada
estudiante Guías Didácticas. Se deja constancia escrita en el Acta respectiva y
se Registran las Notas en la plataforma dentro de los tiempos establecidos.
17.3
FORMACIÓN SUSTENTATIVA SEMIPRENCIAL. Proceso académico, que pretende garantizar la permanencia en el sistema
educativo a los estudiantes inmersos en situaciones especiales de familia que
impiden el cumplimiento pleno de su proceso de formación, aquellos que por sus
barreras y limitaciones, condición médica o de discapacidad, requieran un
horario flexible o la permanencia en casa u hospital y a quienes su de
reincidencia o de gravedad en los comportamiento, incide en el bajo rendimiento.
Permite facilitar los aprendizajes de conocimientos, habilidades y actitudes
con el acompañamiento de la familia.
17.4
VALIDACIÓN DE PERIODOS NO CURSADOS: Para los
estudiantes promovidos en los casos expuestos anteriormente y para efectos de
nivelación del o los periodos no cursados en el grado para el cual fueron
promovidos, se procederá de la siguiente manera:
17.4.1 Establecer acuerdos
entre el Coordinador, el estudiante, el padre de familia y el/los docente/s que
le orientan clases, sobre el plan de trabajo extracurricular que le permita
nivelar las competencias pendientes por desarrollar. Se dejará constancia en un acta.
17.4.2 Una vez terminado el
proceso, el Coordinador remitirá por escrito las valoraciones obtenidas por el estudiante al responsable de la Plataforma de Notas. Se dejará constancia en un acta.
17.4.3 En casos especiales la Coordinación General,
podrá convalidar previo
acuerdo con el Padre
de Familia o
Acudiente, las notas del siguiente o los siguientes periodos para validar un
periodo no cursado.
17.5
PROCESO DE NIVELACIÓN AREA TECNICA ESTUDIANTES
NUEVOS GRADO ONCE Y QUIENES INGRESAN A DECIMO
DESPUES DEL PRIMER
PERIODO: Los estudiantes nuevos para el grado
once (11°) para nivelar los procesos que se deben desarrollar en el área
técnica del grado decimo (10°) podrán realizar en jornada extraescolar, las
siguientes actividades pedagógicas:
17.5.1 Matricularse y Certificar uno o varios cursos virtuales
que ofrezca y certifique una entidad
educativa debidamente reconocida por el MEN. El mismo debe tener como base la
temática y un mínimo del 40 % de la intensidad horaria, que se desarrolla en
los módulos de la especialidad que cursa.
17.5.2 Matricularse y
Certificar uno o varios cursos presenciales que ofrezca y certifique una
entidad educativa debidamente reconocida por el MEN. El mismo debe tener como
base la temática y un mínimo del 40 % de la intensidad horaria, que se desarrolla en los módulos de la Especialidad que cursa.
17.5.3
Desarrollar mediante proceso de
autoformación los Módulos, bajo la orientación del docente tutor de los mismos.
17.5.4 Para las prácticas
prelaborales, se deberá establecer un acuerdo con el docente responsable de la
Especialidad para el cumplimiento de las mismas en los tiempos establecidos.
Los estudiantes nuevos para el Grado Once, no convalidan prácticas prelaborales
del grado decimo.
Parágrafo: El resultado de
dichos procesos, no afecta las Notas registradas en los certificados expedidos
por la Institución de procedencia. Se desarrolla para efectos de nivelar la
Formación Laboral Inicial.
Artículo 18°. RESPECTO AL
ACUERDO PEDAGÓGICO. Al iniciar el año lectivo y al
iniciar cada periodo académico, los docentes de las distintas áreas acordarán
con los estudiantes, la distribución de los porcentajes asignados a cada uno de
los componentes de las dimensiones; respetando los porcentajes establecidos y
registrando en un acta. De igual manera darán a conocer a los estudiantes y a
las instancias verificadoras las competencias a desarrollar y los criterios de
evaluación acordados. El docente verificará que lo tratado en este artículo
quede registrado en la bitácora del educando.
Artículo 19°. RESPECTO A LA
FINALIZACIÓN DEL AÑO LECTIVO. Al finalizar el año lectivo
se reunirá el Comité de Garantías Académicas Institucional, para definir
situaciones especiales relacionadas con la promoción o no de estudiantes de acuerdo al reglamento y los protocolos de cada nivel, Informará por escrito al Consejo Académico por lo pertinente.
Artículo 20º. RESPECTO AL PLAN DE MEJORAMIENTO CONTINUO.
Hará referencia a las acciones, metas, compromisos y registros
de seguimiento que se llevarán a cabo en el desarrollo de cada área por
periodos. Su propósito debe estar encaminado a permitir el avance significativo
y continuo de los procesos de formación integral
durante el año lectivo. La aplicación del mismo se desarrollará simultáneamente a los
eventos de clase y deberá contener actividades extra clase que requieran del acompañamiento
de los Padres de Familia.
Artículo 21º RESPECTO A LA
EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD: El proceso
de
evaluación debe ser inclusivo, permitiendo que todos los
estudiantes demuestren sus aprendizajes independientemente de sus condiciones
de discapacidades: cognitivas, físicas, emocionales o afectivas, entre otras.
Estas discapacidades pueden ser tanto permanentes como temporales. También con
déficit de atención, y a estudiantes que tengan algún impedimento de lenguaje o
cuya lengua materna no sea la misma que se utiliza en el
proceso de enseñanza y aprendizaje. Para dicho proceso se requiere tener como fundamento lo estipulado en Proceso de Evaluación Estudiantes con Discapacidad
y los siguientes aspectos:
21.1
LOGROS MÍNIMOS BÁSICOS FUNCIONALES: El Comité de
Inclusión determinará los logros mínimos básicos funcionales, relacionados con
las discapacidades, el grado, nivel de los estudiantes con NEE. Estos deben
aparecer en su PIAR y pueden variar de un estudiante a otro. Se construyen teniendo en cuenta
el perfil de fortalezas, necesidades, competencias curriculares
y al máximo, las competencias a desarrollar en el año que va a cursar y con lo
establecido en el Decreto 1421/2017.
21.2
PROCESO DE FORMACIÓN Y POSIBILIDADES DEL ESTUDIANTE:
Cuando el desarrollo de competencias, no estén acordes con las posibilidades
del estudiante, los logros se definen con relación al proceso particular. Dicho
proceso lo realiza el/la profesional de apoyo. Una vez finalizado el año
escolar, el/los docente/s de aula y el/la profesional de apoyo revisarán
conjuntamente su desempeño y proyección, definiendo los logros mínimos
en las diferentes áreas o
asignaturas para el próximo año. Informaran a la Comisión de Evaluación y
Promoción de la institución para socializar el proceso de promoción. Al iniciar
el siguiente curso, los docentes tendrán un bimestre para conocer al estudiante
y realizar el empalme pertinente con el docente anterior con el fin de realizar
los ajustes que consideren necesarios para alcanzar los logros propuestos en el
Plan Individual de Ajustes Razonables (PIAR) diseñado para cada caso y tipo de
discapacidad por el/la docente de apoyo institucional. En este proceso,
el estudiante y el docente, deben ser acompañados por
él/ella, igual que por el equipo interdisciplinario de apoyo terapéutico (si lo
hubiese) y los logros se deben dar a conocer a la familia.
21.3
INFORME Y BOLETÍN ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD. Al
igual que los demás escolares, los estudiantes con discapacidad permanente
deben tener también el boletín de notas, acorde a los logros planteados para
ellos. Los informes que reflejan la evaluación del proceso de aprendizaje de
estos escolares, inclusive si manejan adaptaciones curriculares significativas,
utilizarán las mismas expresiones y escalas establecidas en el Decreto 1290 de
2009. Se puede considerar al estudiante con discapacidad, que está en nivel:
21.3.1
SUPERIOR: Cuando su desempeño alcanza los logros
mínimos básicos funcionales esperados sin necesidad de realizar actividades de refuerzo.
21.3.2
ALTO: Cuando su desempeño alcanza los logros mínimos
básicos funcionales esperados necesitando algunas actividades de refuerzo,
21.3.3
BÁSICO: Cuando su desempeño alcanza
los logros mínimos
básicos funcionales esperados con cierta dificultad, por lo tanto
requieren de apoyo personalizado permanente.
21.3.4
BAJO: Cuando a pesar de los apoyos personalizados y las actividades de refuerzo persisten las dificultades. (Requiere el
concepto del/la docente de apoyo).
Artículo 22º. EVALUACIÓN DEL
COMPORTAMIENTO GENERAL: El Comportamiento de los
estudiantes se evaluará
en cada periodo con valoraciones de uno cero (1.0) hasta
cinco cero (5.0). De dicha valoración se dejara
constancia en el Boletín de Notas de los estudiantes en cada de Periodo y en el
Informe Final.
Artículo 23º. FORMACION
LABORAL INICIAL: La institución ofrece la formación de
bachilleres técnicos en el Énfasis de Hotelería y Turismo con Especialidades de
Administración Hotelera; Alimentos y Bebidas, Ecoturismo y Recreación,
orientada en el Nivel de la Media (Grados 10° y 11°), definiendo su propuestas
curriculares a través de la estructura modular y los proceso articulación con el Sena, que respondan
al desarrollo de competencias laborales iniciales. Para su fortalecimiento realiza vinculaciones
articulaciones y convenios con entidades del sector productivo y estatal. Los
procedimientos que se desarrollan al interior del área Técnica son
responsabilidad del Comité Técnico, Integrado por: Coordinador/a del Área
Técnica y líderes de cada Especialidad. Velan por el cumplimiento del
Reglamentos Académico Institucional, el Reglamento de Prácticas Laborales (Pasantías),
Reglamento de Practicas Pedagógicas (Prelaborales), el Proyecto de Servicios
Social y los Reglamentos de las entidades con la que ésta articulada o tiene convenios.
23.1 PRINCIPIOS:
Ø
Hacer las cosas bien. Hacer lo que me gusta o me
corresponda de la mejor manera y con mayor de los deseos.
Ø
Ser responsable y honesto: Tomar decisiones conscientemente, aceptar
las consecuencias de los actos y tener la disponibilidad a
rendir cuenta de ello, siendo siempre sincero, en el comportamiento, las
palabras y los afectos.
Ø
Ser amable y respetuoso: Tratar de buena forma y
con consideración así mismo, a los demás y estar dispuestos al diálogo abierto,
empleando correctamente las habilidades emocionales.
Ø
Cumplir con competencias de su Especialidad: Realizar las actividades
o la labor que corresponda de la mejor manera.
Artículo
24º REQUISITOS PARA OPTAR EL TITULO DE BACHILLER TÉCNICO: Son requisitos de
obligatorio cumplimiento los siguientes:
24.1
Aprobar todas las áreas académicas del grado Once (11°).
24.2
Aprobar la Especialidad del Área Técnica del grado
once (11°).
24.3
Matricularse y desarrollar la formación Técnica
articulada con el Sena.
24.4
Desarrollar y certificar el Proyecto de Servicio Social
24.5
Realizar, aprobar
y certificar la p Practicas
Pedagógicas de la Especialidad (Prelaborales)
24.6
Realizar, aprobar y certificar la Práctica Empresarial (Pasantías)
Los
procedimientos se establecen en el Reglamento Académico Institucional.
Artículo 25º. ESTIMULO
ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES QUE ENALTEZCAN CON SU ACTUAR
EL BUEN NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN: Teniendo en cuenta que la institución debe dar estímulos a los estudiantes que se
destaquen obteniendo Lugares de Privilegio, dejando en alto el nombre de la Institución en eventos de carácter oficial
o que sean reconocidos por el Consejo
Académico. Al finalizar el año lectivo en el Informe Final se debe
reflejar un estímulo académico consistente
en el mejoramiento de la valoración numérica en todas las áreas.
La misma solo se puede
otorgar una vez en un año lectivo, de acuerdo a la siguiente tabla:
FASE
|
EVENTO
|
PUESTO OCUPADO
|
ESTIMULO EN
TODAS
LAS AREAS
|
1
|
Municipal
|
1°
- 2° - 3°
|
1 Decima
|
2
|
Regional
|
1°
- 2° - 3°
|
2 Decimas
|
3
|
Departamental
|
1°
- 2° - 3°
|
3 Decimas
|
4
|
Zonal nacional
|
1°
- 2° - 3°
|
4 Decimas
|
5
|
Nacional
|
1°
- 2° - 3°
|
5 Decimas
|
Para su
aplicación se seguirá con lo establecido en el Artículo 45° del Reglamento
Académico Institucional:
Artículo 26º RESPECTO AL PROCESO DE
CAMBIOS O MODIFICACIONES
DEL ACUERDO: El presente Acuerdo
queda sujeto a los cambios o modificaciones, de acuerdo a la Ley y la
Proyección del Proyecto Educativo Institucional.
Artículo 27º APROBACIÓN DE LA PROPUESTA DE REFORMA: El Consejo
Directivo analizó, discutió y propuso reforma el Acuerdo de
Evaluación y Promoción, al igual que los instrumentos que la operativizan para
la vigencia 2020 – 2015, el 26 de noviembre
de 2019 y las aprobó
Dada en Melgar, Noviembre 26 de 2019. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
RICARDO
ELÍAS MORALES RODRÍGUEZ
|
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